Esta mañana, la Policía Local paraba a una mujer por saltarse en rojo uno de los semáforos más transitados de la capital. Poco habitual, pero la normativa es clara.
Soria es una ciudad pequeña y las 'leyes' de los pueblos muchas veces parecen imperar en sus habitantes. Además, con las obras de la travesía, las calles parecen una jungla. Pero hoy no es momento de hablar de los coches, sino de los peatones. Es fácil encontrar a gente cruzando por cualquier lado de una acera a otra, saltándose 'a la torera' los semáforos o incluso caminando por medio de la calzada.
Por eso esta mañana muchos se han sorprendido al ver a un policía municipal parado a una ciudadana por cruzar en rojo un semáforo. En concreto, uno de los semáforos más transitados de la ciudad, el que une las calles Cortes y Avenida de Navarra con la plaza Ramón y Cajal (prolongación de Mariano Granados). O, en soriano, la esquina de los Taxis con la Caja Duero.
"Hoy están multando", trataba de advertir, sorprendida, una señora a otra que, aunque ha hecho caso omiso y ha cruzado con el semáforo en rojo, se ha librado de la multa porque el agente estaba tomando los datos a la primera vecina. La escena se vivía en torno a las 10:30 de la mañana y nos deja algunas dudas que trataremos de responder en este artículo. Aclaración: Una primera versión de esta noticia señalaba que la mujer había sido multada, porque eso es lo que pareció y vieron testigos presenciales de total solvencia. Tras la publciación de este artículo, desde el Ayuntamiento de Soria han asegurado a este medio que no se sancionó a la vecina y que solo fue un "aviso".
Cruzar la calzada cuando el semáforo para peatones está en rojo no es una acción exenta de consecuencias. En España, esta conducta se considera una infracción y puede acarrear sanciones económicas. La sanción económica por cruzar un semáforo en rojo como peatón puede ascender hasta los 200 euros, reduciéndose a la mitad en caso de pronto pago.
La autoridad competente para sancionar a un peatón por cruzar un semáforo en rojo es la Policía Local del municipio donde se haya cometido la infracción. Son los agentes de este cuerpo quienes tienen la potestad de observar la infracción y proceder a la denuncia correspondiente. La normativa que regula esta infracción se encuentra en el Reglamento General de Circulación. Específicamente, el artículo 145 de dicho reglamento establece que una luz roja no intermitente con la forma de un peatón inmóvil indica a los viandantes que no deben comenzar a cruzar la calzada.
Únete al universo Soria Noticias Descárgate nuestra APP, entra en nuestro canal de WhatsApp o síguenos en redes.