La Junta de Castilla y León ha modificado las bases de las ayudas RELEVACYL Autoempleo, incrementando la cuantía máxima a 20.000 euros. La principal novedad es la inclusión de autónomos cuya actividad principal se desarrolle en un vehículo, además de flexibilizar los plazos para el inicio de la actividad del nuevo titular.
La Consejería de Industria, Comercio y Empleo ha publicado este viernes, 3 de octubre, en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) una importante modificación de las bases reguladoras del programa RELEVACYL Autoempleo. Esta línea de subvenciones, destinada a fomentar el relevo generacional en la actividad por cuenta propia, amplía su alcance para incluir nuevos modelos de negocio e incrementa significativamente las cuantías de las ayudas. El objetivo de esta actualización, según detalla la orden, es facilitar la continuidad de negocios económicamente viables y contribuir así a la sostenibilidad de la actividad económica de los trabajadores autónomos en la comunidad. Con los cambios introducidos, se busca incentivar el acceso de nuevos emprendedores mediante la transmisión de empresas ya consolidadas, prestando especial atención al impulso del autoempleo femenino y al asentamiento de población en el medio rural. Una de las modificaciones más destacadas es la flexibilización de los plazos. Se establece un periodo de transición para que el nuevo autónomo pueda organizar su actividad sin la exigencia de una inmediatez absoluta en la transmisión, facilitando un mayor número de relevos. Además, los cambios se aplicarán con carácter retroactivo a la convocatoria ya vigente para el año 2025.
La principal novedad de la orden es la incorporación como actuación subvencionable de los trabajadores autónomos cuya actividad principal se desarrolle en un vehículo. Desde la Consejería se justifica esta inclusión para atender una "realidad emergente en el ámbito del autoempleo", favoreciendo la consolidación y el relevo en modelos de negocio cada vez más presentes en la economía local. Para poder acogerse a la ayuda, el negocio que se traspasa debe cumplir ciertos requisitos:
La modificación también supone un notable incremento en el importe de las subvenciones. La cuantía base se fija en 10.000 euros por persona beneficiaria, que podrá aumentarse hasta un máximo de 20.000 euros si se cumplen determinadas circunstancias, siendo estas acumulables:
Otro de los cambios clave es la flexibilización de los plazos para el nuevo titular. La orden establece que el emprendedor que toma el relevo deberá iniciar formalmente su actividad en un plazo máximo de cuatro meses, contados desde la fecha de baja en Hacienda y Seguridad Social del negocio transmitido. Esta medida busca dar un mayor margen de organización al nuevo autónomo. Según la disposición final de la orden firmada por la consejera Leticia García Sánchez, estas modificaciones entran en vigor el mismo día de su publicación en el BOCYL, es decir, este viernes 3 de octubre, y se aplicarán a la convocatoria de subvenciones ya abierta para el año 2025.
Únete al universo Soria Noticias Descárgate nuestra APP, entra en nuestro canal de WhatsApp o síguenos en redes.