La Junta de Castilla y León aprueba una modificación de la autorización ambiental de Sarrió para incluir nuevos tipos de residuos de papel y cartón en su proceso de reutilización de estos materiales. La capacidad máxima de tratamiento de la planta se mantiene en 43.000 toneladas anuales.
En su edición de este marts, 13 de enero, el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado la orden por la que se modifica la autorización ambiental integrada de la empresa Sarrió Papelera de Almazán. Esta actualización administrativa responde a una solicitud presentada por la propia compañía en junio del pasado año, a través de la cual solicitaba permiso para gestionar dos tipos adicionales de materiales en sus instalaciones. Tras los informes técnicos favorables emitidos por el Servicio de Residuos y Suelos Contaminados y por el Servicio de Prevención Ambiental, la Junta ha considerado estos cambios como una modificación no sustancial de la licencia original que fue concedida en 2008.
La autorización ahora permite a la factoría adnamantina la entrada y tratamiento de dos nuevos códigos de la Lista Europea de Residuos. Se trata del LER 150101, correspondiente a envases de papel y cartón, y el LER 191201, referido genéricamente a papel y cartón. Estos materiales se integrarán en el proceso de reciclado de residuos para la producción de pasta, una operación necesaria para la fabricación del cartoncillo estucado que caracteriza la actividad de la planta. La normativa establece que la capacidad máxima de tratamiento de residuos se mantiene en las 43.000 toneladas al año.
La orden firmada por el consejero Juan Carlos Suárez-Quiñones también actualiza las condiciones de operación para adaptarlas a la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular de 2022. Entre las prescripciones técnicas detalladas, queda especificado que el almacenamiento de los residuos no peligrosos destinados a valorización no podrá superar los dos años, debiendo mantenerse en zonas delimitadas, identificadas y separadas para evitar mezclas impropias. Asimismo, la empresa deberá acreditar cada ocho años el estado de conservación de las soleras para garantizar la impermeabilización del suelo y evitar filtraciones al entorno.
El documento administrativo recoge además los protocolos necesarios para un hipotético cese de actividad. En tal situación, la compañía titular deberá presentar un proyecto de desmantelamiento con seis meses de antelación al cierre definitivo. Este plan incluiría estudios sobre el suelo y las aguas subterráneas para descartar contaminaciones, así como la gestión adecuada de los residuos de construcción y demolición que se generasen, asegurando que el terreno recupere sus condiciones originales.
La orden publicada en el Bocyl, en este enlace.
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