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Estos son los 12 festivos inhábiles para los trámites de 2027 en Castilla y León

Estos son los 12 festivos inhábiles para los trámites de 2027 en Castilla y León

Actualizado 24/09/2026 12:04

El Gobierno regional determina el esquema temporal que rige las gestiones de los ciudadanos ante las instituciones públicas. Los sábados, domingos y las jornadas declaradas por los ayuntamientos quedan excluidos del recuento.

La Junta de Castilla y León ha hecho pública la orden reguladora que establece el marco temporal para la tramitación de expedientes durante el próximo ejercicio. Esta medida, de obligado cumplimiento para todas las entidades públicas de la Comunidad, busca unificar los criterios de atención y gestión de cara al ciudadano.

La resolución administrativa afecta tanto a los departamentos propios de la administración autonómica como a las corporaciones locales de las nueve provincias. Su aplicación práctica comenzará de manera efectiva a partir del 1 de enero de 2027.

La normativa se alinea con el calendario laboral oficial de la región, garantizando la seguridad jurídica de los administrados a la hora de presentar solicitudes, recursos o alegaciones ante cualquier organismo público del territorio castellano y leonés.

Días inhábiles

De acuerdo con la orden publicada hoy jueves 24 de septiembre en el Boletín Oficial de Castilla y León, todos los sábados y domingos del año tendrán la consideración de inhábiles a efectos de plazos. A estos descansos semanales se suman un total de 12 festividades laborales comunes a todo el territorio autonómico.

La relación de jornadas festivas exentas de cómputo administrativo para el año 2027 queda configurada de la siguiente manera:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 6 de enero: Epifanía del Señor.
  • 25 de marzo: Jueves Santo.
  • 26 de marzo: Viernes Santo.
  • 23 de abril: Fiesta de la Comunidad Autónoma.
  • 1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
  • 16 de agosto: Asunción de la Virgen (trasladada al lunes por coincidir el día 15 en domingo).
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre: Todos los Santos.
  • 6 de diciembre: Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre: Natividad del Señor.

Fiestas locales y plazos administrativos

Además de las fechas de carácter general, el calendario incorpora las festividades propias de cada municipio. Estas jornadas, acordadas por la autoridad laboral competente, se aplican específicamente en función de la localidad de residencia del interesado en el procedimiento.

Para que estas fechas tengan validez legal a efectos de cómputo, deben estar previamente publicadas en los boletines oficiales de las respectivas provincias. Los ayuntamientos tienen la potestad de realizar la exposición pública de sus calendarios locales para facilitar el conocimiento de los vecinos.

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