La orden publicada en el Bocyl permite su empleo con jabalí, ciervo, corzo, gamo y muflón en recechos y aguardos diurnos, y amplía su utilización al aguardo nocturno del jabalí.
La Junta de Castilla y León ha autorizado el transporte, la tenencia y el empleo de determinados dispositivos de visor para tiro nocturno, incluidos los visores térmicos, para determinadas especies y modalidades de caza mayor. La medida, recogida en la Orden AGR/962/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), establece también condiciones concretas para su utilización y excluye expresamente algunas modalidades y especies.
La autorización afecta al jabalí, ciervo, corzo, gamo y muflón cuando se cacen en las modalidades de rececho y aguardo o espera. Durante el periodo comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta, los cazadores podrán transportar, tener y utilizar estos dispositivos, incluidos los térmicos, pero no podrán llevarlos acoplados o montados en el arma durante la acción de caza.
La principal excepción se refiere al jabalí en la modalidad de aguardo o espera fuera de ese horario. En este caso, la orden permite transportar, tener y emplear los visores para tiro nocturno, incluidos los térmicos, tanto si están acoplados al arma como si no lo están.
La norma no extiende esta autorización a toda la actividad cinegética. Queda prohibido el transporte, tenencia y empleo de estos dispositivos para la caza menor, con independencia de la especie o modalidad; para la caza de cabra montés y rebeco; y en las modalidades de montería, gancho, al salto o en mano, sobre cualquier especie.
Además, el cazador necesitará una autorización nominativa emitida por el titular cinegético o su representante legal para transportar, tener y emplear estos dispositivos durante la acción de caza. El modelo de autorización estará disponible en la página web de la Junta de Castilla y León, en el apartado dedicado a Caza.
La orden establece también que el cazador no podrá disparar basándose exclusivamente en la señal térmica o en la imagen proporcionada por el dispositivo. Antes deberá identificar la especie cinegética y comprobar que la pieza se ajusta a las condiciones de la autorización de caza, incluidas las relativas al reconocimiento de la especie, la edad y/o el sexo.
Fuera de los supuestos y horarios en los que su utilización está autorizada, los dispositivos deberán permanecer apagados y dentro de sus correspondientes fundas. Si se transportan en un vehículo a motor, deberán situarse fuera del alcance inmediato tanto del conductor como de los pasajeros.
La Junta justifica la medida por la necesidad de adaptar las condiciones de utilización de estos dispositivos para determinadas especies de caza mayor. La orden señala el aumento de los accidentes de circulación y de las solicitudes por daños causados por determinadas especies de ungulados cinegéticos en explotaciones agrícolas y ganaderas, así como la necesidad de reducir riesgos sanitarios derivados de la interacción entre fauna cinegética, ganado doméstico y seres humanos.
La autorización no es absoluta: la propia orden establece que sus disposiciones podrán quedar sin efecto en las resoluciones y actos dictados en los supuestos de controles poblacionales, emergencias cinegéticas o autorizaciones excepcionales previstos en la Ley de Caza de Castilla y León. El incumplimiento de las condiciones establecidas podrá constituir una infracción administrativa.
Únete al universo Soria Noticias Descárgate nuestra APP, entra en nuestro canal de WhatsApp o síguenos en redes.