Volver Noticias de Soria - SoriaNoticias.com
Ólvega fija de forma definitiva su tasa sobre las redes de energía

Ólvega fija de forma definitiva su tasa sobre las redes de energía

Actualizado 05/10/2026 11:33

El Consistorio olvegueño eleva a definitivo el gravamen municipal que abonan las empresas de transporte de electricidad, gas, agua e hidrocarburos. El texto deroga la normativa vigente desde 2014 tras concluir el periodo de exposición pública sin alegaciones.

El Ayuntamiento de Ólvega cuenta ya con la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos. El acuerdo del pleno municipal, adoptado por unanimidad el pasado 6 de agosto de 2026 con dictamen previo favorable de la Comisión Informativa de Promoción y Desarrollo Económico, Hacienda, Presupuestos, Patrimonio y Especial de Cuentas, ha quedado refrendado de manera automática al concluir el periodo de exposición pública de 30 días hábiles sin que se hayan presentado alegaciones ni reclamaciones.

El texto, publicado este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia con la firma de la alcaldesa, Elia Jiménez Hernández, sustituye y deroga expresamente la ordenanza municipal que se encontraba en vigor desde el 16 de octubre de 2014. La nueva normativa fija el marco impositivo para las canalizaciones y redes de distribución que atraviesan suelo, subsuelo o vuelo municipal en beneficio particular, excluyendo el régimen específico correspondiente a los suministros vecinales de interés general.

La ordenanza distingue entre la utilización privativa y el aprovechamiento especial en función de la ocupación material de los terrenos. Mientras que la primera engloba elementos que limitan el uso común como postes de líneas, cables, palomillas, transformadores o cajas de registro, la segunda contempla tendidos de vuelo o tuberías y galerías subterráneas que permiten la coexistencia con el disfrute vecinal. En el ámbito privativo, la base imponible combina el valor del suelo con el de las construcciones, fijando un tipo impositivo del 5 %, mientras que el aprovechamiento especial parte de la utilidad económica con un gravamen del 100 %.

Los importes y parámetros fijados en las tarifas descansan en el preceptivo informe técnico-económico elaborado por la firma Moore Ibérica Consultores con fecha 15 de julio de 2026, el cual toma en consideración los criterios del Tribunal Supremo y las referencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Los sujetos pasivos obligados a esta contribución son las empresas y operadoras que transportan, distribuyen, producen o comercializan estos suministros y cuyos elementos atraviesan el término olvegueño.

En lo relativo al calendario tributario, la tasa coincide con el año natural, situándose el periodo de devengo ordinario el 1 de enero de cada ejercicio, con liquidaciones periódicas que en los aprovechamientos ya existentes se abonarán durante el primer trimestre anual. La ordenanza también contempla la posibilidad de recurrir el acuerdo definitivo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, en el plazo de dos meses.

El anuncio publicado en el BOP, aquí.

Únete al universo Soria Noticias Descárgate nuestra APP, entra en nuestro canal de WhatsApp o síguenos en redes.