El Boletín Oficial del Estado publica un real decreto que remunera la negociación extrajudicial e incrementa las cuantías en el ámbito penal. La medida entra en vigor este viernes e incluye pagos por kilometraje para atender a víctimas en municipios alejados.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves el Real Decreto 824/2026, de 14 de octubre, mediante el cual se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita. La norma actualiza las compensaciones económicas que perciben los profesionales de la abogacía y la procura, al tiempo que incorpora nuevas actuaciones y adapta el sistema a las recientes reformas legislativas en materia de derecho de defensa y eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Estas modificaciones, que entrarán en vigor mañana viernes, 16 de octubre, inciden de manera directa en la prestación de este servicio público en la provincia de Soria, donde la atención legal se articula a través de los profesionales adscritos al turno de oficio y del Colegio de la Abogacía. Toda vez que la reforma busca adecuar el marco reglamentario, el texto se alinea con las directrices introducidas tanto por la Ley Orgánica del Derecho de Defensa como por la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Según reflejan los informes del Observatorio de la Justicia Gratuita, un documento elaborado por el Consejo General de la Abogacía Española, en el territorio soriano se registran anualmente del orden de 1.300 solicitudes vinculadas a este derecho. De todo ese volumen de expedientes tramitados en la provincia, aproximadamente la mitad son remitidos a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, mientras que la otra mitad resultan confirmados expresamente.
Una de las principales novedades que introduce el texto gubernamental radica en la incorporación de módulos económicos específicos para aquellos letrados del turno de oficio que intervengan en los denominados medios adecuados de solución de controversias (MASC). A través de estos mecanismos de negociación extrajudicial, que permiten resolver determinados conflictos sin necesidad de acudir a juicio, el profesional recibirá una retribución equivalente al 125 % de la cuantía asignada al procedimiento judicial correspondiente si se concluye con acuerdo, estableciéndose un pago de 30 euros en caso de no alcanzarse dicho consenso.
Asimismo, la remuneración prevista para las transacciones extrajudiciales experimenta un incremento del 75 % al 125 % de la cuantía aplicable al procedimiento, extendiéndose igualmente esta previsión a las conciliaciones laborales que finalicen con avenencia. Con ello se da respuesta a una reivindicación histórica planteada por la propia institución colegial, siendo que en mayo de 2025, durante un acto celebrado precisamente en Soria, el presidente de la Abogacía Española, Salvador González, reclamó que se retribuyera esta actividad negociadora previa a la vía jurisdiccional.
En otro orden de cosas, el nuevo reglamento recoge las actuaciones indispensables para garantizar la asistencia jurídica inmediata a las víctimas de terrorismo y de trata de seres humanos, así como a las personas con discapacidad necesitadas de especial protección y a las mujeres y menores que sufran delitos contra la libertad sexual, dentro de los supuestos previstos legalmente. De este modo, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes adapta los pagos a los profesionales que cubren estos servicios, incluyendo tanto la disponibilidad durante las guardias como el acompañamiento en la formulación de denuncias o solicitudes de órdenes de protección.
Habida cuenta de las particularidades geográficas del país, el documento estipula también compensaciones por los desplazamientos necesarios para prestar estas asistencias, las cuales pueden alcanzar los 58,80 euros cuando la distancia supere los 50 kilómetros respecto de la sede colegial de referencia. Tal previsión resulta especialmente relevante para garantizar la cobertura en provincias extensas y con población dispersa como Soria, donde determinadas actuaciones exigen la movilidad de los letrados entre distintos municipios.
Por lo que respecta a la actualización de las retribuciones en el ámbito jurisdiccional, el real decreto modifica los módulos correspondientes a determinadas actuaciones penales, destacando los 600 euros fijados para las causas de especial complejidad y los 400 euros asignados al procedimiento penal general. Igualmente, se suman baremos específicos para los procuradores que intervengan en dichos procesos complejos, mientras que en aquellos supuestos donde los profesionales asuman de forma simultánea funciones de defensa y acusación, la compensación conjunta ascenderá al 150 % de la cuantía estipulada.
El articulado adapta finalmente las previsiones económicas relativas a los procedimientos concursales de microempresas y de personas físicas y jurídicas que reúnan los requisitos para acceder a este beneficio, consolidando así un derecho reconocido por la Constitución Española y desarrollado mediante la Ley 1/1996, de 10 de enero. Con financiación pública y a través de los colegios profesionales, la reforma actualiza tanto el régimen de pagos como el momento en que se adquiere el derecho a percibirlos según las tareas realizadas, con el propósito de asegurar que quienes carecen de recursos económicos suficientes puedan ejercer plenamente su defensa ante los tribunales.
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