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La Junta establece los criterios de ingresos familiares para vivienda oficial

La Junta establece los criterios de ingresos familiares para vivienda oficial

Actualizado 23/09/2013 10:41

Los baremos atienden a la modificación de la ley de Derecho a la Vivienda de Castilla y León.

La Ley 9/2010, de 30 de agosto, del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León, establece los objetivos que han de guiar la política de vivienda de las administraciones públicas en orden a hacer efectivo el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada establecido en el artículo 47 de la Constitución Española.

La citada ley ha sido objeto de modificación a través de un decreto de Medidas Urgentes, en concreto, en su artículo 63, con la nueva redacción, establece como uno de los requisitos que tienen que cumplir las personas físicas, unidades familiares o unidades de convivencia para poder adquirir o arrendar una vivienda de protección pública que sus ingresos familiares no excedan de 6,5 veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), y, en caso, de compra, no inferiores a una vez el IPREM, calculados conforme a los criterios que se determinen por orden de la consejería competente en materia de vivienda.

A tal fin, en el Boletín Oficial de Castilla y León de este lunes quedan establecidos de los criterios para la determinación de los ingresos familiares máximos y mínimos para el acceso a una vivienda de protección pública.

Así, se concretan los coeficientes correctores de ingresos según ámbito territorial y en función número de los miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia.

http://bocyl.jcyl.es/boletines/2013/09/23/pdf/BOCYL-D-23092013-1.pdf

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