La Viceconsejería de Función Pública y Modernización de la Consejería de Hacienda ha iniciado esta mañana el trámite para aprobar el futuro Decreto por el que se regula la jornada, horario, vacaciones, permisos y licencias del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Con este propósito ha reunido en sesión extraordinaria la Mesa General de Negociación de Funcionarios Públicos y la Mesa Negociadora de Personal Laboral, foros en los que ha informado de las principales novedades que contiene el borrador de esta normativa.
La intención de la Consejería de Hacienda es que la regulación sea el resultado de un proceso lo más participativo posible. Para ello se ha abierto un periodo de audiencia de 10 días que permitirá a los representantes sindicales realizar las observaciones que consideren oportunas. Las consejerías y las delegaciones territoriales tendrán idéntico plazo, hasta el 22 de marzo, para hacer aportaciones al texto. Y se pretende que los empleados del Ejecutivo autonómico también efectúen sugerencias, por cuanto son los principales destinatarios de la norma. De ahí que el documento se haya puesto a disposición de los trabajadores públicos en el Espacio de Participación de la página de Gobierno Abierto.
La propuesta de la Junta contempla que funcionarios y laborales puedan distribuir con libertad siete de los 22 días de vacaciones que tienen al año, en lugar de estar obligados a agruparlos en periodos de como mínimo una semana de duración. Se trata, por tanto, de que puedan disponer de ellos de manera semejante a las tres jornadas de libre disposición que existen en la actualidad. Por otra parte, con ello se cumple el compromiso que adquirió en octubre la consejera Pilar del Olmo, que anunció esta iniciativa con el fin de mejorar la conciliación de la vida laboral y familiar.
El borrador de decreto también adapta la jornada a las modificaciones introducidas por la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de Castilla y León, que fijó el tiempo de trabajo en 37,5 horas semanales a partir del 1 de marzo de 2012. A diario la parte fija y obligatoria del horario sigue comprendiendo el tramo de las 9.00 a las 14.00 horas. Y con el mismo objetivo de facilitar en lo posible su cumplimiento, la parte variable o flexible se extiende entre las 7.30 y las 9.00 de lunes a viernes, de 14.00 a 19.00 de lunes a jueves y de 14.00 a 15.30 los viernes.
En tercer lugar, se desarrolla la posibilidad de adaptar el horario por razones de conciliación siempre que resulte compatible con la naturaleza del puesto de trabajo y lo permitan las necesidades del servicio. Así, se prevé que en determinados casos se pueda autorizar temporalmente que la parte fija del horario sea de las 9.30 a las 14.00, o bien de las 9.00 a las 13.30. De este modo se pretende atender las necesidades de quienes tienen a su cargo a mayores de 65 años, hijos menores de 12 años o personas con una discapacidad igual o superior al 45% que no desempeñen actividad retribuida.
Esto mismo podrá acordarse para los empleados públicos que precisen encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo.
Los interesados deberán presentar una solicitud y la documentación que acredite que cumplen los requisitos con una antelación de 15 días hábiles a la fecha en la que desean comenzar el nuevo horario, y la Junta deberá dictar resolución al menos cinco días naturales antes. Si no se produce una comunicación expresa, la respuesta se entenderá como positiva.
Otra medida dirigida a la conciliación es la posibilidad de autorizar un horario especial de verano durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, ambos inclusive, a condición de que las horas que se reduzcan se recuperen en la forma en que lo establezca el correspondiente calendario laboral.