Consciente de la complejidad del proceso concursal de Norma, el abogado de Promociones, Santiago Soto, explica que si se aplica la estricta literalidad al artículo 13 de la Ley Concursal, sobre el cómputo del quórum, que es la cuestión que se ha valorado para dejar fuera del proceso a Promociones, ninguna propuesta podrá ser admitida por las características singulares del proceso concursal de Norma, que hasta ahora nunca se había producido en España.
Consciente de la complejidad del proceso concursal de Norma, el abogado de Promociones, Santiago Soto, explica que si se aplica la estricta literalidad al artículo 13 de la Ley Concursal, sobre el cómputo del quórum, que es la cuestión que se ha valorado para dejar fuera del proceso a Promociones, ninguna propuesta podrá ser admitida por las características singulares del proceso concursal de Norma, que hasta ahora nunca se había producido en España.
El abogado de Promociones señala que la Ley Concursal exige, para que se admita una propuesta de convenio, contar con el apoyo de los acreedores que suman el 20% de la deuda pasiva de la empresa concursada, en esta caso Norma. Hasta aquí, todo normal. El problema es que en esa deuda pasiva global se incluyen dos tipos de deuda, la ordinaria (que es la de los acreedores externos de clientes o proveedores) y la subordinada (que son las deudas que tiene Norma con su propia compañía Jeld Wen).
Soto relata que la Ley Concursal, a la hora de exigir un porcentaje de apoyos de ese pasivo, no distingue las deudas ordinarias de las subordinadas, porque lo normal es que las deudas se tengan con otros clientes y proveedores. Sin embargo, en el caso de Norma, la deuda principal es con la propia compañía Jeld Wen (más de 40 millones), por lo que resulta imposible que cualquier propuesta consiga el 20% del total del pasivo, ya que todos los acreedores ordinarios suman menos del 20% que exige el auto judicial. Lógicamente, la compañía Jeld Wen no va a dar su deuda a ninguna otra propuesta que no sea la que ella apoya y presenta.
Asimismo, la Ley Concursal solo concede voto ?para elegir la propuesta que se quede con la empresa- a los acreedores ordinarios ajenos a la empresa que se vende, para que los responsables causantes de la situación de la compañía no puedan intervenir en el proceso. Por eso, resalta Santiago Soto, Promociones entendió que la exigencia del 20% de los avales tenía que referirse a los acreedores ordinarios, que son los que votan.
De exigirse el 20% del pasivo total en el convenio, cualquier propuesta que pretenda compra Norma quedará excluida, sencillamente porque es imposible. Llegado este punto, aclara Santiago Soto, la situación de hecho es de fraude procesal, puesto que se ha iniciado un proceso concursal en el que nadie se puede presentar, y en el que la propia dirección de Norma es la única que puede decidir sobre el comprador de Norma, cuando el objetivo de la Ley Concursal es, precisamente, garantizar un proceso en el que el responsable que llevado a la empresa que se vende a esa mala situación económica no interfiera.
En este contexto, el abogado de Promociones se pregunta que para qué se ha convocado, entonces, el proceso concursal. Por eso confía en que el recurso presentado esta mañana contra el auto que deja a Promociones fuera del proceso sea admitido, por su coherencia y por incidir en un fallo o contradicción de la Ley Concursal, que justifica una interpretación adecuada del articulado que atienda el fin de la ley, que no aporte un resultado injusto contrario a la norma que se pretende aplicar, como es lo que está ocurriendo si se considera el auto.
UNA ESTRATEGIA DE NORMA PARA EVITAR LA LIQUIDACIÓN
Los responsables de Promociones, que ofrecieron la mañana del miércoles 11 de julio una rueda de prensa, aseguran que la apertura del proceso concursal es una estrategia de la dirección de Norma, para evitar llegar a la liquidación. Pero no porque le preocupe la creación de empleo, sino porque quiere evitar la posibilidad que se exijan responsabilidades penales de la gestión, como podría ocurrir si se llega a la liquidación. En este sentido, el abogado de Promociones matiza que todavía no se ha explicado el origen de esa deuda tan abultada de 40 millones a la propia multinacional Jeld Wen.
El alcalde de San Leonardo, Jesús Elvira, considera que Norma había planeado el objetivo de vender Puertas Norma a Dymsa hace mucho tiempo, y que por eso la ha llevado de la mano a ese grupo, como el propio director general de Dymsa señaló en una rueda de prensa día atrás, para explicar su presencia en el proceso concursal. De hecho, al ser el comprador elegido por Norma, Dymsa no tiene que presentar los avales de los acreedores que se le exige a Promociones.
Promociones cree que la dirección de Norma utiliza el proceso concursal para evitar que el proyecto impulsado desde el Ayuntamiento se quede con la fábrica pinariega, y que Norma ha dejado escrito ?una declaración de intenciones que también se ha incluido en el recurso- que si Promociones es la elegida en el proceso concursal, llevará la planta a la liquidación.
De esta manera, los responsables de Promociones lamentan los continuos obstáculos que Norma ha puesto para evitar que la alternativa de Promociones siguiera adelante, cuando lo ideal fuera sido llegar a un acuerdo, lo que habría generado una paz social conveniente en la comarca, una salida digna para Jeld Wen y la continuidad de la fábrica con el máximo de empleos posibles.
Sin embargo, ?nos han faltado al respeto?, insiste el alcalde de San Leonardo, Jesús Elvira, y Norma se ha empeñado en dejar la planta en un grupo empresarial familiar pequeño, Dymsa, que no es productor de puertas, y que carece de recursos financieros suficientes, a pesar de la ayuda de Jeld Wen, que le ha condonado 40 millones de deuda y le da 2,5 millones más. ?Una circunstancia que nos hace pensar mal?, añade el alcalde.
CHANTAJE A LA JUNTA
Jesús Elvira se ha mostrado especialmente molesto con el ?chantaje? que Norma y Dymsa están tratando de hacer a la Junta de Castilla y León, al exigirle un préstamo de 2,5 millones para sacar adelante el convenio presentado en el proceso concursal. Elvira recuerda el gravísimo error de Dymsa?intencionado o no- de incluir en el plan de financiación de su convenio una cantidad de 2,5 millones que iba a aportar la administración regional. El alcalde se pregunta que si la propuesta de Norma/ Dymsa es tan buena, por qué no ponen ellos ese dinero, que ahora condicionan para seguir en el proceso.
El alcalde indica que otras empresas que se plantearon optar a la compra de Norma también llamaron a las puertas de la Junta, algo que ha hecho también Promociones. Elvira dice que si a los demás ?nos han dicho que no?, sería tremendamente discriminatorio que a una de las propuestas sí le diera una aportación económica.
Elvira critica la presión que someten Norma y Dymsa a la Junta, porque ven que la continuidad de su proyecto en el proceso concursal está en un callejón sin salida, después de incluir un dinero de la Junta, que el Gobierno regional ya ha dicho al Juzgado que no está comprometido. El alcalde de San Leonardo apunta que resultaría sorprendente que la Junta diera un crédito a quien ha incumplido las condiciones de una ayuda de 2,5 millones, que tiene que devolver, porque considera evidente que detrás de la propuesta de Dymsa está Jeld Wen y Norma.
Los responsables de Promociones insisten en que van a luchar hasta el final por adquirir Norma, en todas las situaciones posibles, incluida la de la liquidación de la planta, si las dos ofertas del proceso concursal quedan fuera; en el caso de Promociones porque no se admita el recurso del auto; y porque Dymsa no sigue adelante si la Junta no compromete los 2,5 millones que le exigen. La situación se despejará enseguida, puesto que a Dymsa se le agota hoy el plazo de subsanación del convenio, para aclarar si existe o no el crédito de la Junta de Castilla y León.
Para Promociones, la fase de liquidación no tiene por qué implicar el cierre de actividad de Norma, puesto que existen ejemplos de empresas liquidadas que han continuado con la actividad. El abogado Santiago Soto señala que la liquidación es especialmente perjudicial para los acreedores, puesto que los futuros propietarios e inversores ya no tienen que asumir la deuda. ?Es empezar de cero, vendiendo los activos de la empresa, es libertad, para el que más ofrezca. Una circunstancia que, al contrario de lo que pueda pensarse, puede animar a nuevos inversores, que ya no tendrán responsabilidades respecto a lo hecho anteriormente?, apunta Soto.