Agentes del subsector de Tráfico de la Guardia Civil han imputado al vecino de Almazán, de 42 años, S.G.O., un delito contra la seguridad de tráfico, al captar el radar que conducía a 218 kilómetros por hora en la A-15, dentro del término municipal de Cubo de la Solana. Fue detectado sobre las 19.30 horas del jueves 28 de septiembre en un tramo limitado a 120 kilómetros por hora.
El Código Penal, en el Título XVII, tipifica los delitos contra la seguridad colectiva y en el capítulo IV (Art.379 a 385) se tipifican los delitos contra la seguridad del tráfico. Más concretamente el artículo 379 dice que quien conduzca un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, como ha sido el caso, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses, con una multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.