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PACMA vuelve a la carga contra el Toro de la Vega

PACMA vuelve a la carga contra el Toro de la Vega

Actualizado 06/04/2022 10:45

La formación animalista sostiene la ilegalidad del torneo desde el año 2013.

El Partido Animalista PACMA ha presentado sus alegaciones sobre la modificación de las Bases Reguladoras del Desarrollo del Inmemorial Torneo del Toro de la Vega ante la Junta de Castilla y León. La formación política animalista sostiene que la conformidad de esta administración no sería viable según la modificación aprobada por el Ayuntamiento de Tordesillas. PACMA ya había presentado al Ayuntamiento sus alegaciones en el trámite de consulta pública ante a la modificación aprobada por el Pleno sobre las Bases Reguladoras del Desarrollo del Torneo del Toro de la Vega.

La asesora jurídica del partido, Eva Ramos, explica que «tenga o no en cuenta el Ayuntamiento las alegaciones previamente presentadas tanto por PACMA como por otras entidades, el Decreto-Ley 2/2016, de 19 de mayo, mediante el cual se prohibía la muerte de las reses de lidia en presencia del público en los espectáculos taurinos populares y tradicionales en Castilla y León, establecía que los espectáculos taurinos tradicionales cuyas bases reguladoras permitiesen la muerte de las reses de lidia en presencia del público, como era el caso del Torneo del Toro de la Vega, no podrían volver a celebrarse en tanto no adaptaran sus bases reguladoras a lo previsto en el decreto-ley».

«Los Ayuntamientos interesados en mantenerlos debían obtener, además, la conformidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León sobre la citada adaptación de las bases reguladoras», sostiene Ramos.

En concreto, el decreto-ley establece que “La solicitud de conformidad con la propuesta de adaptación aprobada por el Pleno, previo un periodo de información pública de quince días, se dirigirá a la consejería competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, la cual resolverá lo procedente en un plazo de un mes.”.

PACMA también ha presentado sus alegaciones ante la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, competente en la materia de espectáculos públicos, ya que las mismas sostienen la inviabilidad de la requerida conformidad de la Junta de Castilla y León a la pretendida adaptación de las Bases Reguladoras, mediante la modificación aprobada por el Ayuntamiento de Tordesillas.

Un festejo sin continuidad

Entre otros fundamentos, las alegaciones de PACMA demuestran la falta de la adaptación requerida en el tiempo previsto por el Decreto-ley 2/2016, de 19 de mayo, por el que se prohíbe la muerte de las reses de lidia en presencia del público en los espectáculos taurinos populares y tradicionales en Castilla y León, así como de la continuidad exigida en la celebración del festejo para poder ser considerado “espectáculo taurino tradicional”.

Tal y como afirmaba en su Exposición de motivos, el objetivo del referido decreto-ley era el de posibilitar la adaptación de los espectáculos que estuvieran «previstos a corto plazo, y conjugar así, sin demoras, la celebración de los espectáculos populares y tradicionales con las exigencias éticas de la sociedad actual.”.

Se trataba, por tanto, de posibilitar la adaptación de los espectáculos que estaban previstos a corto plazo a la entrada en vigor del decreto-ley, en 2016, no de posibilitar la adaptación de un espectáculo seis años después desde su última celebración, que es la pretensión actual del Ayuntamiento de Tordesillas.

Además se establecía que, para estar considerado espectáculo taurino tradicional, los festejos deben haberse celebrado “de forma continuada desde tiempos inmemoriales”, debiendo acreditar una antigüedad de, al menos, doscientos años.

PACMA alega que el conocido como “Torneo del Toro de la Vega” carece, por un lado, de esa continuidad exigida, al no haberse celebrado, que haya constancia, al menos, en dos periodos históricos: de 1966 a 1969 y de 2016 a la actualidad.

Sin la antigüedad necesaria para considerarse inmemorial y, por tanto, celebrarse

Ramos argumenta que este evento carece de la antigüedad exigida en la celebración para ser considerada inmemorial y, por tanto, espectáculo taurino tradicional.

Eleuterio Fernández Torres, en su «Historia de Tordesillas«, publicada en 1905, en relación a los festejos que en honor de la Virgen de la Peña dedicaba la Villa a su patrona, afirmaba: “Esto me induce a creer que esta fiesta (el “estradillo”) es relativamente moderna, no remontándose mas allá de los primeros años del siglo XIX o cuando menos a últimos del XVIII, no quedando de la antigua fiesta mas que el “Toro de la Vega”, al que en lugar de despeñarle por la vertiente que había desde el mirador de los pobres al río Duero, se le da suelta para alancearlo al campo libre”.

Esta referencia histórica, utilizada por el Ayuntamiento de Tordesillas para acreditar la supuesta antigüedad del festejo denominado como “Torneo del Toro de la Vega”, demuestra que dicho festejo, celebrado hasta 2015, que consistía en alancear a un toro hasta la muerte, carecía del carácter inmemorial que se le había considerado.

El festejo tradicional conocido como “Toro de la Vega” no consistía en un “torneo” en el que se alanceara a los toros, sino que se trataba de despeñar a los animales “por la vertiente que había desde el mirador de los pobres al ría Duero”. El denominado como “Torneo del Toro de la Vega” se trataría pues de un espectáculo con un desarrollo y desenlace diferentes, motivo por el que no podría ser considerado “espectáculo taurino tradicional”.

Procedimientos administrativos presuntamente incumplidos

Mediante la referida modificación, el Consistorio regula un festejo con un desarrollo y desenlace novedosos, en el que, al contrario que en el denominado como «Torneo del Toro de la Vega», no se exigiría que el toro no tuviera sus cuernos sin despuntar, se permitiría la utilización de elementos expresamente prohibidos por la Ordenanza de 2013, como arpones y utensilios similares, no se exigiría a los lanceros no beneficiarse de la querencia del animal o de su huida, así como no alancearlo o acometerlo por detrás, y se permitiría la utilización y porte de garrochas y picas, específicamente prohibidos en el denominado como «Torneo del Toro de la Vega».

Además, desde PACMA sostienen que el denominado como «Torneo del Toro de la Vega» se podría haber celebrado desde 2013 incumpliendo el Decreto 14/1999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León.

Este decreto establece sobre la Declaración de «espectáculo taurino tradicional», que la misma se realizará mediante Orden de la Consejería competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, en relación al acuerdo municipal que estableció las bases para su desarrollo, que será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», requiriendo solicitud del Ayuntamiento interesado aprobada por mayoría del Pleno, a la que se acompañará de determinada documentación.

Posteriormente, establece que “Cualquier modificación posterior que se pretenda en la configuración y desarrollo del espectáculo tradicional deberá seguir la misma tramitación expuesta”.

El Pleno de la Corporación Municipal de Tordesillas aprobó las Bases reguladoras del desarrollo del Inmemorial Torneo del Toro de la Vega el 17 de julio de 1999, y su declaración como «espectáculo taurino tradicional» se produce el mismo año mediante Orden de 7 de septiembre de 1999, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

En marzo de 2013, el Ayuntamiento de Tordesillas aprobó con carácter definitivo la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora del inmemorial torneo del Toro de la Vega, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid el 25 de abril de 2013.

Sin embargo, PACMA afirma que no existe una Orden de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial con fecha posterior que mantenga la declaración del festejo taurino denominado como «Toro de la Vega» como «Tradicional», en relación al acuerdo municipal que estableció las nuevas bases para su desarrollo mediante la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de 2013.

De este modo, este festejo se podría haber celebrado desde entonces sin cumplir con la exigencia establecida en el Decreto 14/1999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León, de seguir la misma tramitación ante cualquier pretendida modificación posterior en la configuración y desarrollo del espectáculo tradicional a la declaración de «espectáculo taurino tradicional» fechada en 1999.

La adaptación mediante la modificación de las Bases Reguladoras aprobada en febrero por el Pleno del Ayuntamiento, no podría implicar el mantenimiento de la declaración de «espectáculo taurino tradicional» del denominado como «Toro de la Vega», cuando la misma sería una modificación de la anterior modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora realizada en 2013, que podría no haber seguido, a esos mismos efectos, la tramitación exigida.

Las «divisas» sí podrían causar la muerte al animal

Por último, desde PACMA manifiestan la inviabilidad de la conformidad prevista en el Decreto-ley 2/2016, de 19 de mayo, por el que se prohíbe la muerte de las reses de lidia en presencia del público en los espectáculos taurinos populares y tradicionales en Castilla y León, sobre la pretendida adaptación de la modificación de las Bases Reguladoras, porque la misma no se ajusta a lo previsto en el citado decreto-ley, dado que lo que la regulación prevista permite que se haga a los toros, podría provocar su muerte durante la celebración del festejo.

Las nuevas Bases Reguladoras establecen que el vencedor del torneo sería “el primer lancero que consiga colocar la divisa en la espalda del toro, entendiéndose por espalda la parte del toro situada entre el morrillo y el brazuelo.», y añade que se podrán colocar al animal hasta 7 divisas.

Más adelante desarrolla que “La lanza usada en el Torneo no tendría hoja de metal y estaría formada por un mástil cilíndrico de 2,80 metros de longitud como máximo. En uno de los extremos irá una divisa compuesta por cintas de tela de uno o más colores, sujetas con un punzón o un doble arpón de una longitud máxima de 80 milímetros, de los que 30 milímetros como máximo serán destinados al elemento punzante, que tendrá una anchura máxima de 16 milímetros.».

Aunque en las Bases Reguladoras se haya utilizado el eufemismo «colocar» en relación a las divisas, lo cierto es que, tal y como se expone, la divisa iría sujeta con un punzón o doble arpón de una longitud de hasta 80 milímetros, de los que 30 estarían destinados a elemento punzante, «luego no se trata de colocar, sino de clavar, punzar, pinchar, picar, aguijonear y herir al toro», explica la jurista «los punzones y dobles arpones se clavarían en los músculos del toro, lo que, obviamente, le provocaría heridas y lesiones«.

Como ya han manifestado veterinarios como los de la Asociación Avatma, estos elementos provocarían a los animales «heridas y trayectos de hasta 12 centímetros de profundidad», habiendo señalado que, por la ubicación en que se reglamenta que deben ir clavados y la dificultad que supondría su colocación, «se corre un alto riesgo de que puedan afectar a la zona torácica del animal, traspasar la pared muscular que cubre su tórax y provocar lo que se conoce como neumotórax, es decir, la entrada de aire dentro del espacio que se encuentra entre los pulmones y la cavidad torácica, que daría lugar a una grave insuficiencia respiratoria con colapso pulmonar, y que agravaría la ya existente por el ejercicio físico que se le obliga a realizar al animal durante el festejo».

Desde PACMA consideran que las heridas y trayectos podrían ser mucho más profundos que 12 centímetros, ya que la longitud prevista de 30 milímetros para el elemento punzante, de los dobles arpones o punzones de hasta 80 milímetros, es mayor que la de 26 milímetros permitidos para el elemento punzante de las puyas en el Artículo 54 del Decreto 57/2008, de 21 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León.

No se prevé en las bases reguladoras, como sí se prevé para las puyas en el decreto, que estén provistas en su base de un tope, de forma cónica, terminado en una cruceta fija de acero, de brazos en forma cilíndrica, que es lo que evita que la garrocha de los picadores se clave a mayor profundidad en los toros.

En cualquier caso, heridas con trayectos de 12 centímetros de profundidad, como han apuntado los veterinarios expertos, serían suficientes para provocar al toro un neumotórax, que es una afección potencialmente mortal, y, por lo tanto, la regulación prevista mediante la modificación de la de las Bases Reguladoras del Desarrollo del Inmemorial Torneo del Toro de la Vega aprobada por el Ayuntamiento de Tordesillas, es contraria a lo previsto en el Decreto-ley 2/2016, de 19 de mayo, por el que se prohíbe la muerte de las reses de lidia en presencia del público en los espectáculos taurinos populares y tradicionales en Castilla y León.

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