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El TSJ confirma la sentencia a un albañil por estafa en una obra en Soria

El TSJ confirma la sentencia a un albañil por estafa en una obra en Soria

Actualizado 18/10/2023 18:48

No concluyó la obra pese a que las propietarias entregaron las cantidades que iba solicitando para avanzar en la obra.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la sentencia emitida por la Adiencia Provincial de Soria que condenó a un albañil como autor de un delito de estafa. La pena es de seis meses de prisión y una indemnización de 32.803 euros, más intereses legales. De este modo, el Tribunal confirma el fallo emitido en Soria desestimando el recurso del condenado.

Según los antecedentes de hecho que figuran en el fallo, las propietarias heredaron una vivienda en la localidad de Herreros y tras ponerse en contacto con el ahora condenado, suscribieron en abril de 2021 un contrato de obra con este para realizar una reforma del inmueble. El importe de los trabajos ascendía a 132.000 euros, si bien la propiedad asumiría el pago las labores correspondientes a electricidad, carpintería metálica y fontanería.

De este modo, se realizó un pago inicial de 11.000 euros, para el comienzo, y el acusado les remitió fotos y videos para informar del comienzo de las obras, "ganándose de esta manera la confianza de las propietarias", según la sentencia.

Poco más de una semana después, dueñas abonaron 5.800 euros al acusado, por un problema de aguas en el subsuelo, que al parecer quedó solucionado, siendo esta suma fuera de presupuesto. El 6 de mayo de 2021, el acusado volvió a pedir dinero para ir avanzando en la obra, abonando la propiedad 10.000 euros, en dos pagos de 5.000 euros cada uno.

Más adelante, el albañil indicó a las dueñas que debían elegir el tipo de suelos y así lo hicieron ambas hermanas, ofreciéndose a pagar el material ellas directamente, a lo cual se negó rotundamente el acusado. Por tal motivo hicieron un nuevo pago de 10.000 euros, si bien él "olvidando que ya les había solicitado dinero para la instalación del suelo, volvió a pedírselo por el mismo concepto, lo que ocasionó la lógica suspicacia de las propietarias, por lo que consultaron con el aparejador, quien les dijo que pagaran, que esa vez sí iba a comprar el suelo, abonando la suma de 10.000 euros".

Más adelante les fue sugerido a las propietarias que abonasen otra cantidad para la la realización de obras en la escalera, por 3.100 euros, por lo que ambas nuevamente pagaron la cantidad exigida. También les instó para abonar los gastos de la instalación de pladur, otros 10.000, y así lo hicieron. Para entonces el acusado había dejado de enviar fotos y videos sobre los avances en la obra, y "dejó de contestar al teléfono y los mensajes que le enviaban las señoras al respecto, ni tampoco atendió a las llamadas del arquitecto técnico".

Así las cosas, las afectadas habían abonado ya un total de 59.140 euros, sin embargo, "el acusado nunca adquirió el material para el suelo, ni, por tanto, lo instaló. Tampoco instaló la escalera de hierro, ni el pladur, entre otros trabajos", reza el fallo, donde queda ratificado que "habiéndose ganado la confianza de las propietarias, les fue solicitando diversas cantidades que no empleó en lo que les decía que iba a ser su destino, sino que se las apropió; y para evitar que pudieran recuperar lo entregado, el acusado inmediatamente después de recibir las correspondientes transferencias retiraba lo percibido de la cuenta corriente, dejando está sin apenas saldo".

La obra quedó inacabada y abandonada, "pese a haber pagado las propietarias por ello, habiéndose realizado únicamente una parte de la misma, valorada pericialmente en 26.336,06 euros", por lo que el total apropiado el acusado sumó 32.803,94 euros.

Contra la sentencia de ahora cabe recurso de casación, que podrá ser presentado dentro de los cinco días siguientes a haber sido notificada.

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