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Castilla y León recurrirá la sentencia que ordena, a petición del Gobierno, desmantelar las pistas de esquí de Navacerrada

Castilla y León recurrirá la sentencia que ordena, a petición del Gobierno, desmantelar las pistas de esquí de Navacerrada

Actualizado 02/02/2024 20:39

El consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Carlos Suárez-Quiñones, anuncia también que exigirá al Gobierno la transferencia de la titularidad de los Montes de Valsaín para la región.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Valladolid, ha estimado parcialmente en su sentencia de 31 de enero de 2024 el recurso planteado por el Gobierno central contra el Acuerdo de la Junta de Castilla y León de 14 de octubre de 2021.

El conflicto surgió cuando la empresa concesionaria de la estación de esquí de Navacerrada solicitó del organismo público Parques Nacionales la renovación de su concesión, y a la Junta de Castilla y León, que tal concesión se interrumpiera por el mismo tiempo que duraron las medidas derivadas de la pandemia de la COVID-19. En ese momento, el organismo Parques Nacionales, dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica, requirió a la Junta de Castilla y León para que fuera ella quien declarara la caducidad del título de concesión, que había otorgado el Ministerio 25 años antes, y que fuera la Administración autonómica la que se ocupara del desmantelamiento de las instalaciones.

La Junta de Castilla y León declaró su falta de competencia para resolver las solicitudes de la empresa concesionaria y de Parques Nacionales.

El TSJ de Castilla y León, sin embargo, ordena a la Junta de Castilla y León declarar el cierre de las pistas de esquí de Navacerrada. Y lo hace tras rechazar las objeciones alegadas por los Servicios Jurídicos de la Comunidad, que pusieron de manifiesto durante el procedimiento que la Orden para acudir a los tribunales de justicia no se había dictado por el órgano del Ministerio competente para ello. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, una vez terminada la tramitación del procedimiento, y antes de dictar sentencia, concedió al Ministerio la posibilidad de aportar nueva documentación para salvar el defecto.

La sentencia rechaza que deba ser el Ministerio que otorgó la concesión el que se pronuncie sobre la petición de la empresa concesionaria para interrumpir el plazo de esa concesión por las restricciones sufridas por la COVID-19, y soslaya la incongruencia en la actuación del Gobierno central, ya que la interposición del recurso va contra sus propios actos: la propia directora del organismo autónomo Parques Nacionales ya había notificado a la sociedad Puerto de Navacerrada - Estación de Esquí el 3 de marzo de 2021 un oficio comunicando la caducidad de la concesión y la imposibilidad de su prórroga, requiriendo, además, el desmantelamiento de las instalaciones, el perfilado de los terrenos y su idoneidad para la recuperación de la zona a fecha 30 de octubre de 2021.

Al resolver la cuestión, la sentencia va más allá de decidir que la competencia es de la Junta de Castilla y León. En el fallo no solo ordena a la Administración autonómica la tramitación de la solicitud, sino que ya impone el resultado de ese procedimiento al condenar a la Junta “a declarar -previa tramitación del correspondiente procedimiento administrativo, con audiencia de los interesados- la caducidad del título concesional, con la determinación de los pronunciamientos correspondientes en materia de liquidación del estado posesorio y de retirada de las instalaciones y de restauración de la realidad física alterada”. Del mismo modo, requiere a la Junta de Castilla y León el pronunciarse sobre la solicitud de interrupción temporal del cómputo del plazo de duración (o prórroga) como consecuencia de los efectos derivados de la pandemia COVID-19.

De las más de 30 zonas de pistas de esquí existentes en España, el organismo autónomo Parques Nacionales ha buscado el cierre de las ubicadas en Navacerrada, sin causa medioambiental ni social que lo justifique, ya que durante la vida de la concesión y con la estación de esquí en funcionamiento han existido figuras de protección y se han aprobado instrumentos normativos de gestión, que además no existían en el momento de otorgar la concesión en 1996.

Ni uno solo de todos esos instrumentos prohíbe la práctica del esquí ni la existencia en sí de la estación, que existe desde hace casi 90 años, y no han impedido que el entorno haya podido reunir las condiciones para poder ser declarado Parque Natural primero, su entorno Nacional después, e incorporarse a la Red Natura 2000 y a la Red de Reservas de la Biosfera.

Así ha sido en la Ley 7/2013 de declaración del Parque Nacional Sierra del Guadarrama, en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de 2019, y en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama de 2008, que asumen la existencia de la estación y su compatibilidad plena con los valores naturales objeto de declaración y protección en dichos instrumentos normativos.

Finalmente, la zona queda excluida de la delimitación de la Zona de Especial Conservación denominado 'Cuenca del Río Guadarrama' en la Comunidad de Madrid. Y en los planes básicos de Gestión y Conservación de la Red Natura 2000 en Castilla y León, aprobados en 2015, asumen de nuevo la existencia de la estación de esquí.

Es importante destacar que, en los diferentes procedimientos de información pública que tuvieron lugar en la declaración de las distintas figuras de protección, una de las mayores demandas sociales fue, precisamente, que fuese posible la compatibilidad de la estación de esquí con la gestión de las diferentes figuras de protección, lo cual fue asumido en estos documentos porque, además de la baja afección ambiental de la misma, contribuía de forma clara a que se cumpliera otro de los objetivos de estas figuras de conservación, como es el equilibrio entre la preservación y el desarrollo sostenible de los entornos de estos lugares protegidos.

Ese desarrollo sostenible es el que siempre ha defendido la Junta de Castilla y León, pues la existencia de la estación de esquí en Navacerrada garantiza para todos los municipios colindantes de la provincia de Segovia un crecimiento económico sostenible y una forma de atraer y fijar población. Para hacer valer esos principios, la Junta de Castilla y León interpondrá recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid.

Titularidad de los Montes de Valsaín para la Comunidad de Castilla y León

El consejero también ha anunciado hoy que “se va a solicitar la transferencia de la titularidad de los Montes de Valsaín y todos los recursos asociados a la Comunidad de Castilla y León, pues no tiene sentido y explicación que el Gobierno sea titular de más de 10.000 hectáreas de monte público en Castilla y León, que actualmente son gestionados por la Junta y debe hacerlo también desde la titularidad del mismo, máxime cuando la Administración General del Estado se muestra como de fuera y lejana al sentir e interés público y general de Castilla y León”, ha indicado.

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