El trámite, delegado a la Diputación por los ayuntamientos, comprende, en primer lugar del 22 de abril al 24 de junio; y en segundo, del 2 de septiembre al 4 de noviembre. Respectivamente abarcan tasas de agua, basuras y el impuesto de IVTM por un lado, y por otro el Impuesto de Bienes Inmuebles y el Impuesto de Actividades Económicas, entre otros.
En su último Boletín Oficial de la Provincia, la Diputación de Soria ha publicado el calendario del contribuyente para 2024 que abarca los nuevos periodos donde serán puestos al cobro las tasas e impuestos de 179 municipios, exceptuándose Soria capital, Ólvega, Almazán y El Burgo de Osma.
El calendario estipula que el primer periodo dará comienzo el 22 de abril y finalizará el 24 de junio. Aquí se abonará el Impuesto de Circulación de Vehículos de 179 municipios; de algunos vados y huertos, pero sobre todo se centra en los recibos de tasas de agua potable, basuras y alcantarillado de todos los municipios que lo tramiten en fecha. El cargo de los recibos domiciliados se realizará el 3 de mayo.
El segundo y último periodo del calendario fiscal del contribuyente dará comienzo el 2 de septiembre y finalizará el 4 de noviembre. En este caso se podrán al cobro el Impuesto de Bienes e Inmuebles de urbana y de rústica, así como el Impuesto de Actividades Económicas, y el BIDES, Bienes e Inmuebles de Características Especiales, donde se engloban entre otros, los parques eólicos y solares. También se pondrán al cobro las tasas de agua, basuras y alcantarillado de los municipios que lo tramiten en fecha.
Anualmente, el Servicio de recaudación de la Diputación pone al cobro 22 millones de euros. A tal finson emitidos anualmente emite 225.000 recibos, siendo el porcentaje de recibos domiciliados superior al 80%.
Los recibos no domiciliados se envían por correo ordinario al domicilio fiscal señalado por el contribuyente. Los avisos de pago no recibidos podrán ser recogidos en las oficinas del servicio ubicadas en el Palacio Provincial Diputación, en horario de 08:30 a 14:30 horas y a través de la página Web de la Oficina Virtual Tributaria: https://ovt.dipsoria.es
Los recibos no domiciliados podrán pagarse por internet a través del servicio ‘pago telemático de tributos’ que también se encuentra en la página Web de la Oficina Virtual Tributaria: https://ovt.dipsoria.es
Los contribuyentes que dispongan de recibos no domiciliados, pueden abonar el pago en Correos o a los carteros rurales mediante giro postal, gracias al acuerdo entre Correos y la institución provincial, con el objeto de incorporar una herramienta más para que los ciudadanos de la zona rural puedan gestionar el pago sin necesidad de desplazamientos y favorecer que la población, con importante dispersión geográfica, pueda realizar sus trámites de una manera sencilla.
Los contribuyentes tienen la opción de acogerse al Plan de Pago Personalizado de Tributos dirigido a todos los propietarios que superen recibos por valor de 54 euros y que han optado por unificar todos los impuestos y tasas municipales para ir formalizando el pago a lo largo de nueve meses, de febrero a octubre.
El BOP puede ser consultado en este enlace.