La Consejería de Medio Ambiente de Castilla y León aprueba la exclusión de una superficie que pasa a manos privadas tras una sentencia judicial. El monte público, declarado de utilidad pública en 1904, queda reducido a 55,76 hectáreas de titularidad municipal.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de Castilla y León ha formalizado la exclusión de 56,0037 hectáreas del monte Pinar y Labores, número 198 del catálogo de montes de utilidad pública de la provincia. La resolución, publicada este lunes en el Boletín Oficial de Castilla y León, responde a la ejecución de una sentencia judicial que reconoce el pleno dominio de la finca a propietarios particulares.
La orden pone fin a un procedimiento administrativo iniciado tras la sentencia número 13/2023 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Soria. Dicha resolución, de 2 de febrero de 2023, estimó la demanda presentada por una familia contra el Ayuntamiento de Tardelcuende, el de Quintana Redonda y la Junta de Castilla y León.
El tribunal declaró que 55 hectáreas y 78 áreas del monte pertenecen en pleno dominio a los demandantes por novenas e iguales partes indivisas, estableciendo asimismo que sobre dicha finca no existe titularidad pública alguna ni tiene condición de bien de dominio público. Esta sentencia judicial constituye el fundamento legal de la exclusión ahora formalizada por la administración autonómica.
El monte en cuestión fue declarado de utilidad pública por Real Orden de 7 de junio de 1904, ordenándose su inclusión en el Catálogo de la provincia de Soria con pertenencia al Ayuntamiento de Tardelcuende y condómino. Posteriormente, por Real Orden de 13 de julio de 1917, fue aprobado el deslinde total del monte con el número 185 bis y pertenencia a Tardelcuende en condominio. Una Orden Ministerial de 20 de junio de 1949 reconoció y declaró la situación posesoria, ordenando que se incoara el oportuno expediente de refundición de dominios.
La extinción del condominio se formalizó mediante escritura pública el 29 de octubre de 2021, otorgada conjuntamente por el Ayuntamiento de Tardelcuende y una familia. En dicha escritura notarial los intervinientes declararon la extinción del condominio existente mediante la división material que da lugar a dos fincas adjudicadas entre sus propietarios.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria ha llevado a cabo los trabajos técnicos necesarios para delimitar con precisión ambas propiedades. Con fecha 29 de noviembre de 2023, dicho servicio emitió un informe-propuesta de partición del monte en el que se indicaba que se había realizado un estaquillado provisional de la línea divisora de las dos partes. Tras recibir alegaciones de los interesados por conducto de la Asociación Forestal de Soria, se realizó un nuevo estaquillado con presencia de las partes implicadas, modificando algunas de las coordenadas del estaquillado anterior.
El documento oficial establece 18 nuevos mojones con sus coordenadas definitivas que delimitan el monte catalogado número 198 al norte y la finca particular al sur. Se retirarán los actuales mojones del número 2 al 22 y del 38 al 41, que delimitaban la finca particular al norte, este y oeste. El mojón número 1 se mantiene puesto que coincide con el hito número 56 del monte de utilidad pública número 197, también denominado Pinar y Labores, de pertenencia del Ayuntamiento de Quintana Redonda.
Como consecuencia de la exclusión, los datos de esta superficie forestal en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia quedan modificados del siguiente modo: la pertenencia es ahora exclusivamente del Ayuntamiento de Tardelcuende, sin condómino. La superficie pública queda establecida en 55,7671 hectáreas, sin enclavados, siendo la superficie total igual a la pública. La especie predominante es el Pinus pinaster (pino negral). Los nuevos límites establecen al norte monte particular, al este la carretera autonómica SO-115, al oeste el monte de utilidad pública número 185 Manadizo y San Gregorio y finca particular, y al sur dicho mismo monte y fincas particulares de Tardelcuende.
La resolución se fundamenta en el artículo 19, apartado a), de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, que contempla la posibilidad de proceder a la exclusión total o parcial de un monte del catálogo en caso de pérdida de la titularidad pública declarada por sentencia firme en juicio ordinario sobre propiedad y otras causas que legalmente determinen la pérdida del dominio. El expediente SO-E-0245/25 fue instruido por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria en virtud de ejecución de sentencia.
Conforme a lo establecido en el artículo 16.2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, se dará traslado de la orden a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde su publicación.
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