El Ayuntamiento de Medinaceli aplica desde hoy la nueva ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos domésticos. La normativa establece cuotas trimestrales diferenciadas para viviendas, locales comerciales y naves industriales.
El Ayuntamiento de Medinaceli aplica desde este lunes, 1 de junio de 2026, su nueva ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de recogida de residuos domésticos. La normativa, aprobada de forma definitiva tras no presentarse reclamaciones durante el periodo de exposición pública, establece las tarifas trimestrales para viviendas, comercios e industrias del término municipal.
El Boletín Oficial de la Provincia de Soria publica en su edición de hoy el texto íntegro de esta modificación tributaria, firmada por el alcalde de la localidad, Gregorio Miguel Santander. Al tratarse de un servicio de recepción obligatoria y considerado esencial, la tasa afecta a todos los inmuebles que se encuentren en las zonas de prestación efectiva, independientemente de si están habitados o no.
La ordenanza regula de forma pormenorizada las cuotas que deberán abonar los vecinos y empresarios locales, estructuradas en función del uso catastral de cada inmueble. Asimismo, define los supuestos de exención y las condiciones particulares para locales comerciales, almacenes y viviendas unificadas.
La cuota tributaria se devengará con carácter trimestral y se determinará en función del tipo de uso del bien inmueble. Para el uso residencial, que engloba a las viviendas y almacenes sin uso específico, se establece una tarifa general de 13,50 euros al trimestre.
En el caso de los establecimientos comerciales y de servicios, las tarifas varían según la actividad y la ubicación:
La ordenanza también define una Categoría Especial con una tarifa de 163,50 euros al trimestre para aquellos establecimientos que, por sus características y volumen de residuos, determine la Corporación. Entre los locales incluidos en esta categoría se encuentran Carlos Mari, Bar Rafa, Hostal-restaurante Nicolás, Restaurante Duque, Hotel Nico, Estación de Servicio Jacinto, Área de Servicio de Lodares, Área de Servicio Vía Europa, Torremar y la Gasolinera de Lodares.
Para las naves ubicadas en el polígono industrial de Medinaceli, la ordenanza establece cuatro tramos de tarifas en función de la superficie catastral del inmueble:
Por su parte, las actividades realizadas en espacios de dominio público que generen residuos que deban ser gestionados por el Ayuntamiento y que no consten en el padrón fiscal abonarán una tarifa de 25,00 euros por contenedor.
La normativa detalla diversos criterios para determinar la sujeción a la tasa. Como norma general, no tributarán por esta tasa los locales en estructura, los edificios sin terminar, los trasteros y los desvanes en elevación.
En el caso de los almacenes y estacionamientos, se establecen reglas específicas según su situación tributaria y tamaño. No pagarán la tasa aquellos que estén de alta en el padrón de entrada de vehículos a través de aceras (vados). Tampoco lo harán los que, no estando de alta en dicho padrón, tengan una superficie construida igual o inferior a 40 metros cuadrados. Por el contrario, los almacenes de más de 40 metros cuadrados sin vado sí deberán abonar la cuota correspondiente.
Para las viviendas, la ordenanza busca evitar la duplicidad de cobros en situaciones de unificación familiar. De este modo, las viviendas colindantes que estén físicamente conectadas, pertenezcan al mismo titular y sean utilizadas por una única familia empadronada pagarán un solo recibo. Igualmente, las viviendas con dos o más recibos de IBI en las que conste empadronada una familia pagarán una única tasa, quedando exentos los locales accesorios como trasteros o cocheras del mismo propietario.
La tasa de recogida de residuos se devengará con carácter trimestral el día 1 de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año.
Únete al universo Soria Noticias Descárgate nuestra APP, entra en nuestro canal de WhatsApp o síguenos en redes.