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Oteruelos, sin cobertura para llamar al 112: el Procurador pide a Diputación que actúe donde el Ayuntamiento no llega

Oteruelos, sin cobertura para llamar al 112: el Procurador pide a Diputación que actúe donde el Ayuntamiento no llega

Actualizado 10/07/2026 13:25

El Procurador del Común de Castilla y León considera que la Diputación de Soria debe implicarse en solucionar la falta de cobertura de telefonía móvil e internet en Oteruelos, un barrio rural perteneciente a la capital soriana donde, según los propios vecinos, hay calles en las que resulta imposible llamar al 112. La institución reconoce que la competencia no es formalmente de la Diputación, sino del Ayuntamiento de Soria, pero considera que las circunstancias del núcleo justifican una excepción.

Unos 43 vecinos, según el último censo del INE, tienen casa en Oteruelos sin poder confiar en su teléfono cuando más lo necesitan. En determinadas calles del barrio, perteneciente al municipio de Soria, la cobertura móvil es tan débil que llamar al 112 puede resultar imposible. Así lo denunciaron ante el Procurador del Común, que ha resuelto ahora pedir a la Diputación Provincial y no al Ayuntamiento de Soria que se implique en buscar una solución, después de más de diez años de reclamaciones sin respuesta.

La queja no es una percepción aislada de los vecinos. Según recoge la resolución, ha sido la propia Junta de Castilla y León la que ha reconocido las dificultades para contactar con el 112 dentro del casco urbano de Oteruelos. Y un informe posterior de la Consejería de Movilidad, Transformación Digital e Inteligencia Artificial confirmó que, aunque el núcleo cuenta con cobertura 4G de dos grandes compañías telefónicas, los niveles de señal son débiles.

No es un asunto menor. El Procurador subraya que la falta de cobertura no solo complica el día a día: en caso de incendio, accidente o emergencia sanitaria, retrasa el aviso a los servicios de emergencia, impide recibir instrucciones de evacuación y dificulta la coordinación de los equipos que intervienen sobre el terreno. La institución recuerda expresamente los incendios forestales recientes como ejemplo de hasta qué punto la comunicación rápida y fiable puede ser decisiva.

¿Y por qué la Diputación?

Aquí está la parte más singular de la resolución. Por ley, las diputaciones provinciales existen para ayudar a los ayuntamientos pequeños que no tienen capacidad de gestión propia, y el límite se fija habitualmente en 20.000 habitantes. Soria, con más de 41.000, queda muy por encima de ese umbral por lo que no le correspondería a la Diputación auxiliar al Ayuntamiento en esta materia, sino resolverlo el propio Consistorio.

El Procurador, sin embargo, sostiene que ese criterio no puede aplicarse de forma rígida. Argumenta que dentro de un municipio grande puede haber núcleos de población, como Oteruelos, que sufren los mismos déficits estructurales que un pueblo pequeño y aislado, y que la ley debe leerse atendiendo a la realidad de cada núcleo, no solo al tamaño global del municipio al que pertenece.

Para reforzar ese razonamiento, la institución recuerda que la propia Diputación de Soria ya ha actuado antes en situaciones similares: entre 2019 y mediante contratación pública, instaló infraestructura de telecomunicaciones en cinco zonas identificadas como 'zonas negras' —Torralba del Moral, Fuentetoba, Povar, Magaña y El Cayo—. Si ya lo hizo allí, viene a decir el Procurador en su argumentación, tiene margen para hacerlo también en Oteruelos.

La resolución se apoya además en varias normas: la Ley de Bases del Régimen Local, que obliga a las diputaciones a colaborar con los municipios que no puedan garantizar por sí solos el acceso electrónico a los vecinos; la Ley General de Telecomunicaciones, que declara imprescindible el despliegue de redes en el medio rural; y la Constitución, que exige a las administraciones actuar con eficacia y garantizar la igualdad entre ciudadanos con independencia de dónde vivan.

Una petición, no una orden

Con todo, la resolución final es prudente. El Procurador no exige a la Diputación que instale infraestructura ni le fija un plazo de ejecución: le pide que "valore la oportunidad de promover las actuaciones necesarias", incluida la cooperación con otras administraciones.

La institución recuerda también que ni la Diputación ni el Ayuntamiento pueden actuar como operadores de telecomunicaciones, ya que la ley reserva esa función a empresas registradas que cumplan requisitos exigentes, como las que actualmente prestan servicio —deficiente— en la zona.

La Diputación tiene ahora dos meses para responder de forma motivada si acepta o no la resolución, tal y como establece la Ley Reguladora del Procurador del Común. Mientras tanto, los vecinos de Oteruelos siguen esperando algo tan básico como poder hacer una llamada cuando la necesitan.

Por qué el Procurador señala a la Diputación y no al Ayuntamiento, en claves

  1. Asegura que el criterio de los 20.000 habitantes no puede aplicarse de forma rígida. La ley reserva la ayuda de las diputaciones a los municipios pequeños, y Soria supera con creces ese umbral (más de 41.000 habitantes). Pero el Procurador considera que ese límite no puede leerse de forma mecánica cuando dentro de un municipio grande hay núcleos con problemas propios de un pueblo pequeño y aislado.
  2. Explica que hay que mirar el núcleo de población, no solo el municipio Oteruelos tiene apenas 43 habitantes. Aunque forma parte administrativamente de Soria capital, sus carencias de conectividad son las típicas de una localidad rural aislada, no las de una ciudad de 41.000 habitantes con recursos propios.
  3. Subraya que la ley obliga a las diputaciones a cooperar cuando hay limitaciones estructurales. El artículo 70 bis.3 de la Ley de Bases del Régimen Local exige a las diputaciones colaborar con los municipios que, por insuficiente capacidad de gestión, no puedan garantizar el acceso electrónico a los vecinos. El Procurador entiende que esa "insuficiencia" se da en Oteruelos, aunque no se dé en Soria como municipio.
  4. La Diputación ya tiene competencias generales de asistencia técnica. El artículo 36 de la misma ley atribuye a las diputaciones funciones de cooperación económica y técnica con los municipios, incluida la administración electrónica, lo que da cobertura legal a su implicación.
  5. La resolución se ampara en un precedente que refuerza el argumento. Entre 2019 y mediante contratación pública, la propia Diputación instaló infraestructura de telecomunicaciones en cinco zonas rurales sin cobertura de la provincia. El Procurador lo usa como prueba de que la institución tiene margen de actuación, pese a no ser la responsable directa del servicio.
  6. Dice que la autonomía local admite fórmulas de cooperación supramunicipal. El Procurador se apoya en la doctrina constitucional, que permite mecanismos de asistencia provincial cuando existen razones de equilibrio territorial o de igualdad entre ciudadanos, más allá del tamaño formal del municipio.
  7. La resolución no obliga a ejecutar. No ordena a la Diputación desplegar infraestructura, sino que "valore la oportunidad" de promover actuaciones, incluida la cooperación con el Ayuntamiento y otras administraciones. El Ayuntamiento de Soria sigue siendo, en última instancia, el responsable ordinario del servicio.

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