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La Diputación de Soria aprueba las bases de los Planes Provinciales 2027-2028

La Diputación de Soria aprueba las bases de los Planes Provinciales 2027-2028

Actualizado 07/08/2026 11:56

La Diputación de Soria aprueba las bases de los Planes Provinciales 2027-2028 con un incremento en las ayudas directas para municipios y pedanías. El acuerdo salió adelante en el pleno ordinario de agosto con los votos de PP y Vox, y el rechazo del PSOE.

La Diputación de Soria ha aprobado las bases de la convocatoria de los Planes Provinciales para el bienio 2027-2028, introduciendo un incremento en las ayudas directas destinadas a los municipios y pedanías de la provincia. La medida busca reforzar la financiación de las entidades locales y agilizar la tramitación de las obras municipales.

El acuerdo ha salido adelante durante el pleno ordinario correspondiente al mes de agosto, celebrado este viernes. La propuesta ha contado con los votos a favor de los diputados del Partido Popular y de Vox, mientras que el grupo del Partido Socialista ha votado en contra.

La principal novedad de esta convocatoria radica en la modificación al alza de los criterios de distribución de los fondos. De este modo, la subvención fija directa destinada a cada ayuntamiento se incrementa de los 8.000 euros anteriores a los 10.000 euros. Asimismo, la aportación por núcleo de población, barrio o entidad local menor (excluyendo aquellas que soliciten subvención independiente) se duplica, pasando de 3.000 a 6.000 euros. Por su parte, la asignación por habitante se mantiene fija en 35 euros.

Novedades y criterios de financiación

Las bases aprobadas mantienen ciertas directrices de convocatorias previas. Los municipios y entidades locales menores con menos de 100 habitantes solo podrán solicitar actuaciones cada dos años, estableciéndose un presupuesto mínimo de 15.000 euros por intervención.

En cuanto a la gestión de las obras, los ayuntamientos asumirán obligatoriamente la contratación de aquellos proyectos cuyo presupuesto sea inferior a 40.000 euros, IVA excluido. Para las obras que superen dicho importe, la contratación correrá a cargo de la Diputación Provincial, a menos que el consistorio solicite la delegación de la competencia antes del 30 de abril de 2027.

La aportación económica de los ayuntamientos variará según el tipo de actuación:

  • Carreteras: 20%
  • Ciclo hidráulico y polígonos industriales: 23%
  • Sustitución de redes con pavimentación: 30%
  • Cementerios, alumbrado público, pavimentaciones y rehabilitación de edificios municipales para vivienda de alquiler: 40%
  • Casas consistoriales, centros socioculturales, instalaciones deportivas, acondicionamiento de caminos rurales y otras obras y equipamiento: 50%

Además, en las obras de pavimentación y edificios de conjuntos históricos situados dentro de un entorno catalogado como Bien de Interés Cultural (BIC), la aportación municipal se reducirá en un 10%.

Para las entidades locales menores que superen los 250 habitantes, se ha fijado una cantidad fija de 10.000 euros, sumada a los 35 euros por habitante.

Como medida correctora contra la infrafinanciación, las bases contemplan que los ayuntamientos y entidades locales menores cuya media aritmética de porcentajes de ayuda en los últimos cuatro años se sitúe por debajo de la media general del Plan en ese mismo periodo recibirán una corrección al alza equivalente a dicha diferencia.

Calendario y plazos clave

La convocatoria establece un riguroso calendario de plazos para la tramitación, adjudicación y ejecución de los proyectos:

  • 31 de octubre de 2026: Fecha límite para la presentación de solicitudes.
  • 30 de abril de 2027: Plazo para que los ayuntamientos sin secretario-interventor soliciten que la Diputación contrate las obras que les correspondería gestionar por presupuesto.
  • 1 de agosto de 2026: Fecha límite para que los ayuntamientos y entidades locales menores cuyas obras contrate la Diputación presenten el proyecto en soporte digital para su supervisión técnica.
  • 1 de octubre de 2027: Plazo para presentar la documentación necesaria para iniciar la licitación de las obras contratadas por la institución provincial. En caso de incumplimiento por causas imputables al ayuntamiento, este podrá asumir la contratación, debiendo adjudicarla y remitir la acreditación antes del 1 de diciembre de 2025 para evitar la cancelación de la ayuda.
  • 1 de diciembre de 2027: Plazo límite para remitir la documentación acreditativa de la adjudicación de la obra (modelo Anexo) y evitar la pérdida de la subvención.
  • 1 de octubre de 2028: Fecha límite para la finalización de las obras contratadas por los ayuntamientos o entidades locales menores.
  • 1 de noviembre de 2028: Plazo máximo para presentar la justificación de la finalización de las obras. El retraso o incumplimiento en este punto conllevará la pérdida total o parcial de la subvención (del 30%, 40% o 100%).

Modificación de obra en San Leonardo de Yagüe

Por otra parte, el pleno ha aprobado por unanimidad una modificación en los Planes Provinciales actuales a propuesta del Ayuntamiento de San Leonardo de Yagüe. Debido a una causa de fuerza mayor debidamente acreditada, la obra número 228, inicialmente denominada "Primera fase urbanización apertura nuevo vial" y presupuestada en 102.000 euros, será sustituida por el proyecto "Mejora de redes y pavimentación en calle de La Fuente" por el mismo importe.

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