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El nuevo convenio del campo soriano garantiza un incremento salarial del 3,25 % hasta 2028

El nuevo convenio del campo soriano garantiza un incremento salarial del 3,25 % hasta 2028

Actualizado 19/08/2026 10:55

El Boletín Oficial de la Provincia ha publica el nuevo acuerdo, negociado por FOES y los sindicatos UGT y CCOO, contempla la revisión del IPC y regula aspectos clave como la jornada laboral, descansos y seguros de accidentes.

El Boletín Oficial de la Provincia de Soria ha publicado este miércoles el nuevo convenio colectivo para el sector agrícola-ganadero de la provincia, que regulará las condiciones laborales de los trabajadores fijos, eventuales y de temporada durante los próximos tres años. El acuerdo, suscrito el pasado 3 de agosto, contempla un incremento salarial anual del 3,25 % y establece una cláusula de revisión vinculada al IPC.

La resolución, emitida el 14 de agosto por la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, ordena la inscripción y publicación de este texto normativo. El convenio ha sido negociado por la Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas (FOES), la Asociación provincial de productores de ganado porcino de Soria (APORSO) y la Asociación General de Empresarios Sorianos (AGES) por la parte empresarial, y por los sindicatos UGT y CCOO en representación de los trabajadores.

El nuevo marco regulador tendrá una vigencia de tres años, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028. Al término de este periodo, el convenio quedará automáticamente denunciado, aunque se prorrogará en todo su contenido hasta la entrada en vigor del documento que lo sustituya.

En el plano salarial, se ha pactado un incremento del 3,25 % para cada uno de los tres años de vigencia. Para 2026, el salario de convenio se aplicará con efectos desde el 1 de enero, fijando, por ejemplo, un salario anual de 17.400 euros para el Personal Oficial de 1ª de oficios clásicos y especialistas de 1ª, y de 17.250 euros para el Personal Oficial de 2ª.

Asimismo, se establece una cláusula de actualización salarial para el final del periodo. Si el sumatorio del IPC real de los años 2026, 2027 y 2028 supera el 9,75 %, se realizará un ajuste salarial con efectos desde el 1 de enero de 2029 sobre el exceso de dicho porcentaje, con un límite máximo del 1 %.

Respecto a la jornada laboral, el convenio fija un cómputo anual de 1.786 horas para los años 2026 y 2027, mientras que para el año 2028 se reducirá a 1.784 horas. Se permite la distribución irregular de la jornada y, en casos de necesidad o en tareas específicas de ganadería y guardería, se podrá ampliar hasta en 4 horas diarias y 20 semanales, abonadas con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria.

El texto también regula las compensaciones por inclemencias climatológicas en las actividades de agricultura y guardería, estableciendo un fondo de 60 horas anuales perdidas que se recuperarán a razón de un máximo de 10 horas al mes o dos al día, excluyendo los meses de diciembre y enero.

En cuanto a los descansos, los empleados tendrán derecho a disfrutar de al menos 16 domingos de descanso al año y 5 festivos. En caso de que no se puedan mantener, las empresas compensarán cada domingo no descansado por debajo de esa cifra con 33,74 euros en 2026 (34,84 euros en 2027 y 35,97 euros en 2028) y cada festivo con 47,24 euros en 2026 (48,78 euros en 2027 y 50,37 euros en 2028).

El personal afectado devengará dos pagas extraordinarias (vacaciones el 20 de julio y Navidad el 20 de diciembre), además de una gratificación especial de 30 días el 14 de mayo, víspera de San Isidro Labrador, patrón de la actividad. El convenio también contempla un complemento de antigüedad consistente en quinquenios del 5 % del salario base, con un límite máximo del 15 %.

Por último, las empresas deberán concertar en el plazo de un mes una póliza de seguro de accidentes que cubra a su personal con indemnizaciones de 23.030,36 euros en caso de muerte y de 35.050,61 euros por invalidez permanente absoluta, garantizando la cobertura a partir del décimo día de contratación.

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