La Diputación de Soria publica las bases para el perído 2027-2028, abriendo el plazo de solicitud para los municipios hasta el 31 de octubre de 2026.
La Diputación Provincial de Soria ha publicado oficialmente las bases reguladoras de la convocatoria de los Planes Provinciales para el bienio 2027-2028. El anuncio, firmado por la vicepresidenta primera de la institución, María José Jiménez Las Heras, abre el plazo para que los ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia presenten sus solicitudes de cooperación económica. Las entidades locales interesadas disponen hasta el 31 de octubre para registrar sus peticiones por vía telemática.
El programa tiene como finalidad promover la cooperación intermunicipal para la ejecución de obras de competencia local. Podrán beneficiarse de estas inversiones los municipios con una población inferior a 20.000 habitantes. Excepcionalmente, se admitirán solicitudes del Ayuntamiento de Soria para sus barrios de Las Casas, Oteruelos, Pedrajas y Toledillo. Por su parte, las localidades de menos de 100 habitantes solo podrán concurrir cada dos años, acumulando la subvención correspondiente, siempre que no se les hubiera concedido ninguna actuación en la convocatoria de la anualidad 2026-2027.
Las bases establecen una clara prioridad para las obras vinculadas al ciclo hidráulico, que engloba captaciones, conducciones, potabilizaciones, depósitos reguladores, saneamiento y depuración de aguas residuales. Junto a estas infraestructuras básicas, los municipios pueden solicitar ayudas para pavimentaciones, alumbrado público, accesos, cementerios, casas consistoriales, centros socioculturales, instalaciones deportivas, polígonos industriales, caminos rurales y la rehabilitación de inmuebles municipales destinados a viviendas de alquiler social.
Asimismo, los consistorios podrán proponer actuaciones en carreteras provinciales dentro de su término municipal, adelantando su ejecución mediante el compromiso de aportar el 20 % del presupuesto, con un límite máximo de 100.000 euros. Para el resto de proyectos, la aportación municipal obligatoria oscila entre el 23 % para el agua y polígonos; el 30 % para la sustitución de redes con pavimentación; el 40 % para alumbrado, cementerios y viviendas; y el 50 % para casas consistoriales, centros socioculturales, instalaciones deportivas y caminos rurales. En los entornos declarados Bien de Interés Cultural (BIC), la aportación local se reducirá un 10 %.
La distribución de los fondos garantiza una subvención mínima para cada ayuntamiento solicitante. Esta cantidad se calcula sumando un fijo de 10.000 euros, más 6.000 euros por cada núcleo de población (excluyendo la capitalidad y las entidades locales menores que soliciten ayuda independiente) y 35 euros por habitante. Para las entidades locales menores, el fijo será de 10.000 euros si superan los 250 habitantes, y de 6.000 euros para las de menor población, sumando también 35 euros por vecino. El presupuesto mínimo de ejecución para que una obra sea subvencionada se fija en 15.000 euros.
El calendario administrativo de la convocatoria contempla apartados a tener en cuenta. Los ayuntamientos que deseen asumir la contratación de obras que por presupuesto corresponderían a la Diputación, o aquellos que carezcan de secretario-interventor y requieran la asistencia técnica provincial, deberán solicitarlo antes del 30 de abril de 2027. Para los proyectos gestionados por la institución provincial, el diseño técnico deberá presentarse antes del 1 de agosto de 2027, y la documentación de licitación antes del 1 de octubre de ese mismo año.
En el caso de las obras contratadas directamente por los municipios, el plazo máximo para acreditar la adjudicación finaliza el 1 de diciembre de 2027. La Diputación advierte de que no se concederán prórrogas para este trámite y su incumplimiento supondrá la pérdida automática de la subvención. Finalmente, los trabajos deberán estar totalmente ejecutados el 1 de octubre de 2028 y su justificación económica tendrá que registrarse antes del 1 de noviembre de 2028, aplicándose penalizaciones de hasta el 40 % de la ayuda en caso de retrasos injustificados en la entrega de la documentación.
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