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Agricultura impone técnicas de reducción de emisiones a una granja porcina en Vozmediano

Agricultura impone técnicas de reducción de emisiones a una granja porcina en Vozmediano

Actualizado 05/09/2026 20:09

La Junta de Castilla y León ha actualizado la autorización ambiental de una explotación porcina de Vozmediano para adaptarla a las Mejores Técnicas Disponibles europeas.

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental de la Junta de Castilla y León ha modificado la autorización ambiental de la explotación porcina Expor Moncayo, C.B., ubicada en el término municipal de Vozmediano, para adaptarla a las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) establecidas por la normativa europea sobre cría intensiva de cerdos. La orden, firmada el 27 de agosto de 2026 y publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León el 4 de septiembre, sustituye la autorización original concedida en 2008.

La granja, con capacidad para 2.990 plazas de cerdos de cebo de 20 a 120 kilogramos, deberá cumplir con las nuevas condiciones ambientales en un plazo de seis meses desde la notificación de la resolución. Esta revisión responde a la obligación legal de adaptar las instalaciones porcinas a las conclusiones sobre MTD aprobadas por la Unión Europea en febrero de 2017.

Durante el trámite de audiencia, la Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza (ASDEN) presentó un escrito de alegaciones el 12 de mayo de 2026. La asociación cuestionó, entre otros aspectos, la eficacia de la costra natural prevista como sistema de cubrición de las balsas de purines, argumentando que las condiciones meteorológicas de la zona impiden su formación.

La Consejería respondió que la autorización obliga al titular a cubrir las balsas mediante costra natural u otras tecnologías equivalentes que reduzcan las emisiones de gases contaminantes en al menos un 40% respecto a la referencia de balsa sin costra. Además, señaló que se realizará una visita de inspección tras la comunicación de inicio de actividad para comprobar el cumplimiento de estas condiciones.

ASDEN también denunció problemas de acceso a la documentación durante el trámite y solicitó información sobre distancias a captaciones de agua, plan de gestión de purines y estudios de impacto ambiental. La Administración respondió que el acceso electrónico garantizó la consulta del expediente y que todas las exigencias están recogidas en el condicionado de la resolución.

Informe desfavorable de Agricultura y nuevas obligaciones

El Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Soria emitió un informe desfavorable el 23 de septiembre de 2025. Sin embargo, la Consejería consideró que las deficiencias señaladas están contempladas en el condicionado de la nueva autorización, cuyo cumplimiento permitirá subsanar los problemas detectados.

La explotación deberá aplicar, de forma obligatoria, alguna de las técnicas contempladas en la MTD 19 para el tratamiento de purines. El titular tendrá dos alternativas: gestionar al menos el 70% de los estiércoles en una planta de biogás externa autorizada (con un plazo de dos años para su implantación) o aplicar tratamiento in situ mediante sistemas de reducción de nitrógeno (con un plazo de seis meses).

Esta obligación se fundamenta en que parte de la superficie donde se gestionan los purines se encuentra en el término municipal de Ágreda, declarado como zona vulnerable a la contaminación por nitratos. La normativa de Castilla y León y, en su caso, de Aragón, será de aplicación según la ubicación de las parcelas de valorización agrícola.

Condiciones de la nueva autorización

La autorización ambiental integra múltiples aspectos: emisiones a la atmósfera, producción y gestión de residuos peligrosos, protección de suelos y aguas subterráneas, y prescripciones relacionadas con las MTD. Entre las obligaciones destacan:

  • Instalación de un sistema de gestión ambiental (SGA) auditado por primera vez antes del 1 de julio de 2027 y posteriormente cada tres años.
  • Control periódico de la estanqueidad de las instalaciones de almacenamiento mediante piezómetros (uno aguas arriba y dos aguas abajo).
  • Análisis quinquenal del contenido de pH, nitratos, nitritos, amonio, fosfatos y otros parámetros en las aguas subterráneas por un Organismo de Control Acreditado (OCA).
  • Presentación de un informe ambiental anual antes del 1 de marzo de cada año al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria.
  • Reducción de emisiones de amoniaco mediante técnicas específicas en alojamientos, almacenamiento y aplicación al terreno.

La capacidad mínima de almacenamiento de purines se fija en 3.700 metros cúbicos, divididos en al menos dos balsas. La producción anual estimada de estiércoles es de 4.485 metros cúbicos, con una excreción de nitrógeno de 21.400,16 kilogramos anuales.

Medidas de protección ambiental y fauna

El condicionado establece distancias mínimas para la aplicación de purines: 200 metros respecto a núcleos de menos de 300 habitantes (50 metros en caso de inyección en suelo) y 400 metros para núcleos mayores. También se prohíbe la aplicación cuando los suelos estén saturados de agua, cubiertos de nieve o helados, o cuando haya avisos naranjas de precipitaciones de la AEMET.

En cuanto a la protección de la fauna, las balsas de purines deberán incorporar sistemas de protección para evitar el acceso de fauna silvestre, con dispositivos que permitan la salida en caso de caídas accidentales. Los tratamientos de desratización utilizarán métodos que minimicen la afección a otras especies, priorizando portacebos herméticos y técnicas selectivas.

ASDEN propuso la instalación obligatoria de cajas nido para rapaces nocturnas como medida de control biológico. La Consejería acogió esta sugerencia como medida voluntaria, recomendando su análisis de viabilidad bajo supervisión del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria.

La autorización se fundamenta en la Decisión de Ejecución (UE) 2017/302 de la Comisión, que establece las conclusiones sobre las MTD para la cría intensiva de aves de corral y cerdos. La tramitación se ha ajustado al Real Decreto Legislativo 1/2016 sobre prevención y control integrados de la contaminación y al Decreto Legislativo 1/2015 de prevención ambiental de Castilla y León.

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