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Almenar de Soria prohíbe verter purines en verano y festivos

Almenar de Soria prohíbe verter purines en verano y festivos

Actualizado 11/09/2026 10:06

El Ayuntamiento aprueba de forma definitiva la modificación de su ordenanza fiscal reguladora sobre estos residuos ganaderos. La nueva normativa veta este tipo de tareas durante los meses de julio y agosto, así como en fines de semana, festivos y fiestas patronales.

Almenar de Soria prohíbe de forma definitiva el vertido de purines durante los meses de julio y agosto, fines de semana y festivos.

La modificación de la ordenanza fiscal reguladora de estas prácticas en el término municipal de Almenar de Soria ya es firme. El Boletín Oficial de la Provincia de Soria ha publicado este viernes el texto íntegro de la normativa, que adquiere carácter definitivo tras no haberse presentado ninguna reclamación durante el periodo de exposición pública.

La decisión se remonta al acuerdo plenario adoptado el pasado 23 de junio de 2026. Mediante esta resolución, la corporación municipal ha dado luz verde a la reforma técnica amparada en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con la firma final del alcalde de la localidad, Ángel Barca Delso, fechada el 25 de agosto.

El núcleo de la reforma se concentra en el artículo 5 de la citada ordenanza, que detalla las nuevas prohibiciones para el sector. De este modo, queda totalmente prohibido el vertido de purines, estiércoles y residuos de origen agrícola, ganadero e industrial durante los meses de julio y agosto, una medida que busca mitigar los olores y molestias en la época de mayor afluencia vecinal.

Asimismo, el veto se extiende a todos los sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, así como a las jornadas en las que se celebren las fiestas patronales del municipio. La normativa solo contempla excepciones muy puntuales, toda vez que se justifiquen debidamente ante el consistorio y cuenten con la autorización previa y expresa de la administración local.

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Plazos para la interposición de recursos

Con la publicación definitiva en el boletín provincial, se abre ahora el plazo legal para aquellos que deseen oponerse a la medida por la vía judicial. Los interesados disponen de un periodo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Habrá que estar a la espera de ver si el sector agrario de la comarca decide emprender acciones legales contra esta regulación.

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