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¿Adiós al CD?: El Común pide a Sanidad que facilite el acceso electrónico a la historia clínica

¿Adiós al CD?: El Común pide a Sanidad que facilite el acceso electrónico a la historia clínica

Actualizado 20/10/2026 08:58

La institución no ve una infracción en el caso de un paciente al que le faltaban informes de 2020 a 2026 en la Carpeta del Paciente, pero recuerda a la Junta que cumplir la ley “no agota las posibilidades de mejora” y le recomienda dar más facilidades a los ciudadanos en una resolución que trasciende la reclamación particular y que afecta a todos los pacientes atendidos por el Sacyl.

Que la ley no obligue a algo no significa que la Administración no deba hacerlo. Es, en esencia, lo que el Procurador del Común de Castilla y León ha trasladado a la Consejería de Sanidad en una resolución en la que le pide que siga completando la Carpeta del Paciente y que facilite por vía electrónica los informes médicos que los ciudadanos reclaman.

La historia clínica pertenece al paciente, ya que él es el titular de los datos de salud recogidos en ella. Sin embargo, la gestión, propiedad del soporte material (físico o digital) y la custodia del documento corresponden al centro médico o al profesional sanitario que presta la asistencia.

Esta nueva resolución del Común parte de la queja de un paciente que se prepara para una operación en Ávila. Los informes que distintos especialistas emitieron entre 2020 y 2026 no aparecían en su Carpeta del Paciente, la herramienta electrónica con la que los usuarios de Sacyl consultan su información sanitaria. La alternativa que le ofrecían era entregarle la documentación en un CD o un DVD, un procedimiento que el afectado consideraba obsoleto.

Cumplir la ley es imprescindible, pero no basta

La Consejería defendió que la normativa garantiza el derecho a acceder a la historia clínica y a obtener copia, pero no impone un canal concreto ni obliga a ofrecerla toda por medios electrónicos. El Procurador le da la razón en lo estrictamente jurídico: la ausencia de unos informes en la Carpeta del Paciente no demuestra, por sí sola, que se haya vulnerado el derecho de acceso. No hay, por tanto, infracción acreditada.

Pero la resolución sostiene que cumplir las obligaciones legales es “una exigencia imprescindible” de la actuación administrativa que “no agota las posibilidades de mejora de los servicios públicos”. Apela a los principios de eficacia, simplicidad y servicio efectivo a los ciudadanos, y subraya que, si la Administración ya dispone de una herramienta electrónica pensada para esto, lo razonable es aprovecharla.

Que el médico lo vea no es lo mismo

El Procurador también rebate uno de los argumentos de la Consejería: que los profesionales de Sacyl pueden consultar todos los informes aunque no estén en la Carpeta del Paciente. Es una garantía importante para la asistencia, admite, pero responde a otra finalidad. Que el médico acceda a los antecedentes no sustituye el derecho del paciente a consultarlos y obtener copia por sí mismo.

Con ese diagnóstico, el Procurador pide a la Junta que siga avanzando en la incorporación de informes y documentación clínica a la Carpeta del Paciente, para que el acceso sea cada vez más completo y actualizado.

La institución añade que el CD o el DVD puede ser una vía válida en determinadas circunstancias, y pide mantener otros canales para quienes los prefieran, pero que no debería impedir valorar procedimientos electrónicos seguros cuando existan.

La cuestión, concluye el Común, “trasciende la situación particular del reclamante” y tiene interés general, porque afecta a cómo se hace efectivo un derecho de todos los pacientes.

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