El Boletín Oficial de Castilla y León publica la actualización administrativa para una iniciativa ganadera en el paraje de Carralamata. La instalación adapta su funcionamiento a las mejores técnicas disponibles y disminuye su volumen de cría intensiva.
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental ha hecho pública este miércoles en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) la orden por la que se modifica la autorización ambiental concedida originalmente en mayo de 2008 a una explotación porcina situada en el término municipal de Ólvega. La instalación ve actualizado su permiso de funcionamiento como consecuencia de la revisión de oficio para adaptarse a las conclusiones europeas sobre las mejores técnicas disponibles para la cría intensiva de cerdos, así como por una modificación no sustancial comunicada por la propia empresa.
El cambio más significativo en la capacidad productiva del recinto ganadero se halla en la disminución del volumen de animales alojados. Según consta en el expediente administrativo, la firma titular presentó en febrero de 2025 una comunicación para reducir la cabaña de la explotación de cebo, que pasa de las 4.900 plazas autorizadas anteriormente, equivalentes a 588 unidades de ganado mayor, a un total de 3.070 plazas para ejemplares entre 20 y 120 kilos de peso, lo que supone 368,4 unidades de ganado mayor.
Las instalaciones se encuentran enclavadas en el paraje olvegueño de Carralamata, concretamente en la parcela 5097 del polígono 10, un terreno colindante al sureste con el núcleo urbano de la localidad y situado a 130 metros del campo de fútbol municipal El Moral. El complejo abarca una superficie de parcela de 24.573 metros cuadrados, de los cuales 8.274 metros cuadrados están construidos, albergando ocho naves destinadas a cebadero con diversas dimensiones, una novena nave habilitada parcialmente para lazareto y estercolero, además de almacén, taller, nueve silos de pienso y al menos dos balsas de purines impermeabilizadas con capacidad mínima para 3.799 metros cúbicos.
Asimismo, el recinto cuenta tras una modificación anterior tramitada en diciembre de 2016 con un horno incinerador de cadáveres alimentado por gasóleo, diseñado para gestionar las bajas de animales producidas en la propia explotación, estimadas en 236 ejemplares anuales. Para el desarrollo de su actividad ordinaria, la granja prevé un consumo anual de 8.688 metros cúbicos de agua procedentes de la red municipal de abastecimiento de Ólvega, junto con 2.521 toneladas de pienso y 20.925 kilovatios hora de suministro eléctrico.
El dilatado recorrido administrativo de esta actualización comenzó en abril de 2021, cuando la Delegación Territorial de Soria acordó iniciar el procedimiento de revisión para adaptar la granja a la normativa comunitaria publicada en 2017. Tras la aportación de la memoria ambiental por parte de los promotores en octubre de 2022 y la posterior solicitud de reducción de plazas en 2025, el expediente fue sometido a información pública en abril del pasado año sin que se registrasen alegaciones, mientras que el Ayuntamiento de Ólvega tampoco presentó objeciones en su informe de junio de 2025.
Durante la instrucción del procedimiento, el Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Soria emitió un informe desfavorable con fecha de 23 de septiembre de 2025. No obstante, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático ha determinado que, al tratarse de una granja ya en funcionamiento y autorizada, las deficiencias señaladas en dicho documento quedan subsanadas mediante el cumplimiento estricto del nuevo condicionado ambiental impuesto en la resolución, habiéndose tenido en cuenta igualmente el informe del Servicio Territorial de Sanidad y la estrategia de lucha contra los nitratos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Al ser que los terrenos se ubican dentro de la zona vulnerable a la contaminación de las aguas por nitratos denominada Ágreda-Ólvega y coinciden con la masa de agua Araviana-Vozmediano, la orden firmada el 22 de octubre por el consejero Joaquín Antonio Pino establece severas prescripciones medioambientales. La cabaña ganadera generará un volumen anual estimado de 4.605 metros cúbicos de estiércol líquido, equivalentes a 18.621,96 kilos de nitrógeno aplicable, cuyas deyecciones deberán someterse obligatoriamente a técnicas de reducción de nitrógeno antes de su valorización agrícola o entregarse a una planta de tratamiento externa autorizada.
En materia de control hídrico y atmosférico, la explotación no realizará vertidos al dominio público hidráulico y dispondrá de un mínimo de tres piezómetros para vigilar periódicamente la calidad de las aguas subterráneas y descartar filtraciones desde las balsas. De igual modo, se fijan valores límite para las emisiones difusas anuales, calculadas en 38.524,34 kilos de metano y 3.329,27 kilos de amoniaco, obligando al titular a implantar un sistema de gestión ambiental que deberá ser auditado por primera vez antes del 1 de julio de 2027. A partir de la recepción de la notificación, la empresa dispone de un plazo de seis meses para iniciar la actividad bajo estos nuevos parámetros, contra cuya orden cabe interponer recurso de reposición en un mes o contencioso-administrativo en dos meses.
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