El Boletín Oficial de Castilla y León da a conocer la orden por la que apoyan a los ganaderos con explotaciones afectadas en las zonas de influencia de esta enfermedad.
El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy la orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas a la vacunación obligatoria frente a la lengua azul en Castilla y León y mañana se publicará la convocatoria de ayudas, con una dotación presupuestaria de 185.000 euros. El objetivo es apoyar a los ganaderos afectados por las zonas de influencia de esta enfermedad, reducir el riesgo para la ganadería de la Comunidad y una garantía para el movimiento de ganado de las zonas de restricción.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente obligó a vacunar, de forma obligatoria y mediante la Orden AAA/882015 de 29 de enero, frente a los dos tipos de la enfermedad de la lengua azul tras la aparición de 410 focos en Extremadura, Andalucía y Castilla-La Mancha.
La orden establecía: la vacunación obligatoria en Candeleda y Sequeros, del denominado serotipo 1 de esta enfermedad; y de Béjar y Sequeros en Salamanca y Arenas de San Pedro, Cebreros, El Barco de Ávila, Las Navas del Marqués, Navaluenga, Candeleda y Sotillo de la Adrada en la provincia de Ávila, del serotipo 4. La vacunación debe estar finalizada antes del 30 de junio, y el ganadero es el responsable de la vacunación.
Con el objetivo de compensar el coste que supone la vacunación en las zonas de restricción la Consejería de Agricultura y Ganadería publica hoy la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas a la vacunación obligatoria frente a la lengua azul en Castilla y León, y mañana las ayudas a la vacunación.
Esta Orden contempla la subvención del 100 % del coste de la vacuna para los ganaderos integrados en Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, y el 50 % para aquellos ganaderos no integrados. De este modo, se realiza un apoyo importante a los ganaderos afectados por las zonas de influencia de la enfermedad.
Esta vacunación preventiva supone también una garantía para el movimiento de ganado de las zonas de restricción dado que la Unión Europea, a través de la Directiva 2000/75/CE, establece una serie de restricciones al movimiento de ganado en las denominadas zonas de protección, las situadas a 100 kilómetros alrededor de la zona en la que se detecte.
Además, la vacunación es la principal herramienta de lucha frente a la enfermedad al reducir el riesgo para la ganadería de Castilla y León.
La lengua azul o fiebre catarral ovina es una enfermedad incluida en el código sanitario para los animales terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y en la lista de enfermedades de declaración obligatoria de la Unión Europea.
La lengua azul es una enfermedad vírica transmitida por mosquitos que afecta a rumiantes (ovino, caprino y bovino). No existen riesgos para la salud pública asociados a la lengua azul, aunque sí graves restricciones comerciales para los animales y productos de origen animal de las zonas afectadas por la enfermedad. Además en ganado ovino produce grave sintomatología clínica.
El boletín con las ayudas puede ser consultado aquí o en el archivo que se acompaña con esta información.