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UGT logra ajustar más a la realidad las prestaciones en el Plan Social de Norma

UGT logra ajustar más a la realidad las prestaciones en el Plan Social de Norma

Actualizado 02/10/2015 19:41

Se han modificado las ayudas a trabajadores con el contrato extinto de Norma, y con contratos incluidos en el ámbito de aplicación del Plan Norma.

Desde que entraron en vigor las Ayudas destinadas a trabajadores con extinción de relación laboral con la Empresa Puertas Norma, S.A. dentro del Plan Norma (Comarca de Pinares), convocadas en diciembre de 2014, se vio que las peticiones inicialmente previstas se desbordaron por la realidad en las mismas.

Limitaciones en su concesión por la dificultad en el cumplimiento, a veces un tanto absurdo, en sus requisitos, hicieron a UGT solicitar la modificación de los mismos, para que aun contemplando lo exigible por el acuerdo, se abriera su interpretación a la realidad social del espíritu del Acuerdo.

UGT ha logrado con su tenacidad modificar el acuerdo inicial, "dando lugar a mejoras significativas en beneficio de los trabajadores afectados". Se ha modificado las ayudas a trabajadores con extinción de relación laboral con la Empresa Puertas Norma, S.A. dentro del Plan Norma (Comarca de Pinares), así como a empresas que contraten a trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del Plan Norma.

Así, dentro de las nuevas Disposiciones Generales que se aprueban, destacan entre otras, que las yudas por movilidad geográfica, se concederán ayudas a los perceptores del Plan que se trasladen a otro municipio o localidad por motivos del acceso a un puesto de trabajo, siempre que los contratos de trabajo o las relaciones laborales tengan una duración superior a 2 meses. La cuantía de la ayuda es de 1.000 euros.

La solicitud podrá realizarse, tras el traslado efectivo, en cualquier momento dentro del período de ejecución del programa y, como máximo, hasta el 31 de enero de 2016. Junto a la misma se presentará contrato de trabajo donde conste la dirección de la nueva empresa y documentación acreditativa del cambio de domicilio. Se abonará en un solo pago, previa verificación por parte de la Fundación del cumplimiento de los requisitos

exigidos a tenor de la documentación aportada por el solicitante.

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