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Los alcaldes podrán solicitar información sobre vecinos contagiados cuando haya más de 30 casos por cada 10.000 habitantes

Los alcaldes podrán solicitar información sobre vecinos contagiados cuando haya más de 30 casos por cada 10.000 habitantes

Actualizado 22/09/2020 16:30

La delegada territorial informa en el CECOPI de las nuevas medidas de coordinación con los municipios para mejorar el control de la salud pública

La delegada territorial, Yolanda de Gregorio, ha informado esta mañana, en el seno del CECOPI (Centro de Coordinación Operativa Integrado), de los avances en los procedimientos administrativos que se están dando en la Comunidad en materia de control de la salud pública, con el fin de mejorar la coordinación con los alcaldes de los municipios más afectados por la COVID-19.

En este sentido, la delegada ha informado que los alcaldes de los municipios con más de 30 casos por 10.000 habitantes ó 300 casos por 100.000 en los últimos siete días y con trayectoria ascendente podrán solicitar a la Consejería de Sanidad información de las personas que deben realizar confinamiento en su municipio, así como su actualización periódica. Estos datos se facilitarán a los alcaldes para que, como autoridades sanitarias y con funciones atribuidas legalmente en materia de control de la salud pública en sus municipios, pueden vigilar la realización de cuarentenas y aislamientos por parte de sus vecinos mediante la policía local.

Para ello, en la Consejería de Sanidad se ha elaborado un oficio que, con las máximas garantías que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos, les permita recibir periódicamente los datos de casos positivos. Es esencial controlar que los contactos estrechos realizan las cuarentenas pertinentes y que los casos positivos cumplen los aislamientos, aunque sean asintomáticos, ya que pueden contagiar igualmente.

En cualquier caso, los datos serán remitidos de manera encriptada para salvar la confidencialidad de los mismos y sólo el alcalde del municipio correspondiente podrá acceder a ellos a través de una clave. En este momento, los únicos municipios de la provincia que cumplen estos requisitos mínimos son Soria capital y El Burgo de Osma.

Para reforzar la vigilancia del cumplimiento de las medidas contra la pandemia, el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, y el delegado del Gobierno en Castilla y León, Javier Izquierdo, firmaron en la jornada de ayer el ‘Protocolo General para la Coordinación de Actuaciones en Aplicación de las Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la Covid-19’.

Intensificación de la coordinación entre administraciones

Este acuerdo intensifica la coordinación y apoyo entre ambas administraciones y garantiza y formaliza la necesaria coordinación y apoyo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la vigilancia del cumplimiento de las medidas contra la pandemia, como es un mayor control de las personas que deben guardar cuarentena por orden sanitaria, reforzando así la seguridad de todos los ciudadanos.

Este convenio permite la instrumentalización, en el día a día, de cómo colaborarán la Policía Nacional y la Guardia Civil, garantizando que quienes deban estar confinados a consecuencia de pruebas COVID positivas, así como sus contactos, cumplan con el confinamiento, de modo que quienes no lo hagan sean objeto de expediente administrativo y, en última instancia, de orden judicial. El documento impulsa cauces de comunicación más ágiles, que favorecerán la aplicación de las medidas sanitarias mediante respuestas más inmediatas y efectivas.

Por ello, fundamentalmente los municipios de menor tamaño, que no cuentan con un cuerpo de policía local, podrán solicitar a la Subdelegación del Gobierno la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para el control de las personas confinadas.

Tal y como cita el propio Protocolo, la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública dispone en su artículo 3 que “con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrán adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así co

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