El Ayuntamiento aprueba definitivamente la ordenanza para crear un registro al efecto. El trámite será gratuito y exigirá a los solicitantes, entre otros requisitos, estar empadronados y acreditar seis meses de convivencia previa.
El Ayuntamiento de Calatañazor ha dado luz verde definitiva a la normativa que regulará desde ahora la convivencia de las parejas no casadas en el municipio. El Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOP) ha publicado este miércoles, 3 de diciembre, el texto íntegro de la Ordenanza Reguladora del Registro de Uniones de Hecho, un documento que busca otorgar seguridad jurídica y reconocimiento administrativo a las uniones estables, independientemente de su orientación sexual. La aprobación se ha elevado a definitiva de forma automática al no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública del acuerdo plenario inicial.
Esta nueva herramienta administrativa, firmada por el alcalde Alfredo Pérez Fernández, permite la inscripción de aquellas relaciones de convivencia afectiva que deseen formalizar su situación sin contraer matrimonio. Para acceder a este registro, la normativa establece como condición indispensable que al menos uno de los miembros de la unión esté empadronado en la localidad de Calatañazor. El trámite, que se gestionará directamente desde la Secretaría General del Ayuntamiento, tiene carácter gratuito tanto para las inscripciones como para la expedición de certificaciones posteriores.
Entre los requisitos que detalla el articulado para formalizar el alta, destaca la exigencia de acreditar una convivencia previa ininterrumpida de seis meses. Además, los solicitantes deberán ser mayores de edad o menores emancipados, no tener vínculo matrimonial vigente ni estar inscritos en otro registro similar, y no mantener relación de parentesco directo por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado. La voluntad de constituir la pareja deberá ser ratificada presencialmente por ambos miembros ante el encargado del registro o mediante documento público.
La ordenanza contempla tres tipos de asientos registrales para adaptarse a las diferentes etapas de la relación. Por un lado, las inscripciones constitutivas, que dan fe del nacimiento de la unión; por otro, las marginales, destinadas a recoger modificaciones o pactos económicos que regulen las relaciones patrimoniales de la pareja; y finalmente las de baja. Sobre este último punto, el texto aclara que la extinción de la unión puede solicitarse de mutuo acuerdo, por decisión unilateral notificada a la otra parte, por fallecimiento, por matrimonio o por una separación de hecho superior a tres meses.
Los interesados en formalizar su situación podrán descargar los modelos de solicitud a través de la sede electrónica municipal o acudir a las oficinas del consistorio. La norma entrará en vigor una vez transcurrido el plazo legal estipulado en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, momento a partir del cual el Libro de Registro quedará abierto para las primeras inscripciones de los vecinos de la villa.
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