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El TSJCyL confirma la pena de prisión por una agresión sexual en la provincia

El TSJCyL confirma la pena de prisión por una agresión sexual en la provincia

Actualizado 10/12/2025 18:04

La Sala de lo Civil y Penal desestima el recurso de apelación presentado por la defensa y mantiene íntegramente el fallo de la Audiencia Provincial. La sentencia incluye la expulsión del territorio nacional una vez cumplida gran parte de la pena privativa de libertad.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha validado la decisión judicial previa respecto a los sucesos ocurridos en una localidad soriana, cuyo nombre no ha trascendido, durante el verano de 2024. En su fallo, el TSJCyL ratifica una condena de siete años por un delito de agresión sexual, a la que se suman penas por otros ilícitos penales cometidos contra la expareja del encausado, ella de 29 años y él de 21 cuando sucedieron los hechos.

La resolución confirma también la imposición de una multa de 16.195 euros en concepto de indemnización para la afectada, que deberá abonar el varón, a quien se le atribuyen, además de la agresión principal, delitos de coacciones, injurias, daños y hurto. La causa, cuyo origen se remonta al pasado agosto, fue instruida inicialmente por el Juzgado de Instrucción de El Burgo de Osma antes de pasar a la Audiencia Provincial.

Hechos probados

Según recoge la sentencia, el desencadenante de los hechos fue la decisión de la víctima de poner fin a la relación sentimental tras descubrir que su pareja había recibido un mensaje de otra mujer. La decisión ruptura no fue aceptada por el condenado. Tras una primera discusión, ambos salieron a la calle, pero la situación se agravó durante esa misma noche.

Fue cuando el agresor regresó al domicilio de la mujer, quien se encontraba en ese momento acompañada por un amigo. Ante la insistencia del acusado en el exterior de la vivienda, ya que no cesaba de llamar, el acompañante decidió abandonar la vivienda saltando por una de las ventanas del inmueble para evitar males mayores. Poco después, la víctima accedió a abrir la puerta para dar paso al procesado.

Al percatarse de que el amigo acababa de huir del lugar, el hombre comenzó a increpar gravemente a su expareja. La situación escaló rápidamente: el agresor bajó las persianas, puso la música a un volumen elevado para evitar que se oyeran ruidos desde el exterior y amenazó a la mujer colocándole un tenedor en el cuello para intimidarla y consumar posteriormente la agresión sexual.

Huida y corroboración forense

Tras el ataque, el condenado sustrajo el teléfono móvil de la víctima, cerró la vivienda y se llevó los dos juegos de llaves disponibles, dejando a la mujer encerrada e incomunicada en su interior. La víctima se vio obligada a escapar a través de una ventana de la planta baja para poder acudir a las autoridades y presentar la denuncia.

Durante el proceso judicial, el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forentes corroboró la agresión sexual mediante las pruebas genéticas requeridas al efecto. La Audiencia Provincial de Soria, en su juicio inicial, otorgó plena credibilidad al testimonio de la víctima, destacando que sus declaraciones fueron coherentes y carentes de contradicciones, no así sobre la versión dada por el acusado, quien ingresó en prisión preventiva.

Fallo definitivo y posibilidad de recurso

La defensa del procesado interpuso un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León intentando revertir la condena de la Audiencia. Sin embargo, el TSJCyL ha desestimado las alegaciones y ha ratificado en su totalidad la sentencia original.

El fallo judicial establece, además de la pena de prisión y la sanción económica, la expulsión del país del condenado una vez haya cumplido dos tercios de su privación de libertad. Asimismo, se le impone la prohibición de regresar a España durante un periodo de diez años. Contra esta resolución del tribunal autonómico todavía cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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