La provincia de Soria registra un censo de 19.779 canes, según los últimos datos del SIACYL. La unidad veterinaria de Soria capital lidera el registro con 9.911, seguida por Ágreda y Almazán.
Quizá el perro haya sido siempre el animal de compañía más generalizado para el ser humano. Como herramienta de trabajo en el pastoreo, en la guarda de propiedades, o, simplemente, para disponer de una compañía fiel en el hogar, el can es una referencia de toda la vida, amén de su utilidad en otros ámbitos, como la seguridad ciudadana o para ciertas terapias, entre otros cometidos.
La provincia de Soria mantiene esa simbiosis que caracteriza a personas y animales. Así figura en el Sistema de Identificación de Animales de Compañía de Castilla y León (SIACYL), que en la actualidad refleja un total 19.779 perros registrados. De este total, 479 corresponden a razas de perros potencialmente peligrosos (PPP).
El registro ofrece una radiografía detallada de la presencia de estos animales en la geografía soriana, desglosada a través de las diferentes unidades veterinarias. El reparto de los canes tiene a la capital, evidentemente, a la cabeza, tanto en el censo general como en el de animales potencialmente peligrosos.
En lo que respecta al censo general, la unidad veterinaria de Soria lidera de forma destacada el registro provincial con un total de 9.911 perros inscritos. A distancia se sitúa la unidad de Ágreda, que ocupa el segundo lugar con 2.445 animales, seguida de cerca por la de Almazán, que contabiliza 1.623 canes.
El resto de las unidades veterinarias de la provincia presentan las siguientes cifras:
El censo específico de perros potencialmente peligrosos asciende a 479 ejemplares en toda la provincia. Al igual que ocurre con el censo general, la unidad veterinaria de Soria concentra la mayor parte de estos animales, con un total de 250 registrados.
La unidad de Ágreda, que abarca la zona del Moncayo, se sitúa en segunda posición con 66 perros de estas características, seguida muy de cerca por la unidad de Almazán, que cuenta con 60 animales. Al este provincial, la unidad de El Burgo de Osma constata 29 perros potencialmente peligrosos, mientras que la de San Esteban de Gormaz suma 17.
En el resto de las zonas de la provincia, la presencia de este tipo de animales es más reducida. La unidad veterinaria de San Leonardo cuenta con 25 ejemplares dentro de este apartado, la de Arcos registra 13 y la de San Pedro Manrique tiene 7. Cierran el listado las unidades de Gómara y Berlanga de Duero, ambas con un censo de 6 perros potencialmente peligrosos cada una.
En Castilla y León, la regulación para la tenencia de animales de compañía se rige por dos normativas. Por un lado, la autonómica, encabezada por la Ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de los animales de compañía de Castilla y León (y su reglamento de desarrollo), y por otro la estatal, mediante la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que introduce obligaciones de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional. Son deberes del tipo técnico, sanitario y civil que todo propietario debe cumplir estrictamente para evitar sanciones que, según la gravedad, pueden acarrear multas de cuantías muy elevadas.
La identificación del animal es el primer requisito legal e indispensable tras la adquisición o nacimiento del perro. En Castilla y León, este proceso está centralizado y altamente regulado:
El control sanitario es fundamental para garantizar la salud pública y el bienestar del propio animal. La normativa de Castilla y León establece las siguientes exigencias:
En Castilla y León, la vacunación contra la rabia es obligatoria para todos los perros a partir de los tres meses de edad. Tras la primera dosis, se deben realizar las revacunaciones periódicas que determine la ficha técnica de la vacuna utilizada (generalmente con carácter anual o bienal), garantizando que el animal mantenga siempre la inmunidad activa. Esta circunstancia debe quedar debidamente acreditada por un veterinario colegiado.
El perro debe disponer de su correspondiente Pasaporte para Animales de Compañía (o cartilla sanitaria oficial), expedido por un veterinario autorizado. Este documento es el único soporte legal para demostrar que el animal cumple con los requisitos sanitarios. En él deben constar:
La entrada en vigor de la legislación estatal de bienestar animal ha unificado y endurecido los criterios respecto a la cobertura de daños a terceros:
Tanto la ley autonómica como la estatal imponen una serie de obligaciones diarias destinadas a garantizar una tenencia responsable y evitar situaciones de maltrato o abandono:
Aunque la normativa estatal contempla la futura modificación de esta clasificación, actualmente siguen vigentes las obligaciones específicas para los perros incluidos en el catálogo de razas potencialmente peligrosas en Castilla y León:
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