La institución insta a la Consejería de Medio Ambiente a que complete los trabajos de clasificación pendientes y recupere de oficio el tramo ocupado, después de que un vecino denunciara los hechos hace más de un año sin obtener respuesta.
El Procurador del Común de Castilla y León ha resuelto que la Junta debe ponerse manos a la obra con la Cañada Real de las Merinas, uno de cuyos ramales, el PR-SO-49, transcurre cerca del Parque Natural del Cañón del Río Lobos. El nombre general de 'Cañada de las Merinas' suele usarse localmente para alguno de los tramos de la Cañada Real Soriana Oriental.
La institución que vela por los derechos de los ciudadanos ante la Administración autonómica insta a la Consejería de Medio Ambiente y Energía a que apruebe la clasificación de las vías pecuarias en un municipio soriano y, a partir de ahí, active la maquinaria —deslinde, amojonamiento y, si procede, sanción— para recuperar un tramo que lleva roturado sin autorización desde hace tiempo.
El Común oculta en su resolución tanto el nombre del municipio como el del vecino que presentó la denuncia, una cautela habitual en expedientes de este tipo, en los que la protección de datos personales pesa especialmente cuando se trata de localidades pequeñas, según han confirmado a Soria Noticias desde su oficina. Esta reserva impide precisar en qué punto exacto de su recorrido está ocupada la Cañada de las Merinas, aunque sí permite reconstruir el fondo del conflicto y la respuesta que ha dado la Administración.
El origen del expediente está en la queja de un vecino que denunció ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria la ocupación de un tramo de esta cañada. El denunciante pedía que se restaurara el terreno y que, si correspondía, se abriera expediente sancionador.
La respuesta de la Junta, recogida en la resolución, deja al descubierto el fondo del problema: la vía pecuaria en ese municipio ni está clasificada, ni cuenta con deslinde ni amojonamiento. Es decir, sobre el papel, sus límites no están fijados de forma oficial, lo que complica actuar contra quien la ocupa.
La propia Consejería admitió que ya se estaban haciendo los trabajos previos para clasificarla y que había trasladado los datos georreferenciados de la zona a los agentes medioambientales para que, si comprobaban la ocupación sobre el terreno, tramitaran la denuncia correspondiente. Pero el reclamante aseguró al Procurador que la ocupación seguía igual, sin que le constara ninguna actuación posterior.
La Ley de Vías Pecuarias de 1995 obliga a las comunidades autónomas a clasificar, deslindar y amojonar estos caminos, y les reconoce el deber de investigar los terrenos que sospechen pertenecientes a ellos. Sin ese trámite, recuerda el Procurador citando jurisprudencia del Tribunal Supremo, la Administración puede declarar que una vía es de dominio público, pero no puede oponer esa titularidad frente a fincas o propietarios concretos si antes no ha fijado el deslinde. En la práctica, eso significa que mientras la Cañada Real de las Merinas no esté clasificada en ese municipio, la Junta tiene las manos atadas para actuar con garantías contra la roturación denunciada.
La institución recuerda además que este trámite ya se ha resuelto recientemente en otros puntos de la provincia y detalla precedentes como ejemplo de que el proceso es perfectamente viable y pide que se aplique también al municipio afectado por esta queja.
La resolución de la oficina del procurador Tomás Quintana López formula dos peticiones concretas a la Consejería.
La primera, que se apruebe la clasificación de las vías pecuarias del municipio, cerrando así una investigación que arrastra el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria desde hace tiempo.
La segunda, que una vez aprobado el deslinde, se recupere de oficio el tramo ocupado y se tramite, si procede, un expediente sancionador, ya que la roturación no autorizada de una vía pecuaria está tipificada como infracción grave. Ahora, la Junta tiene dos meses para responder si acepta o no la resolución.
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