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Langa de Duero aprueba la tasa de uso de suelo, subsuelo y vuelo para las empresas suministradoras

Langa de Duero aprueba la tasa de uso de suelo, subsuelo y vuelo para las empresas suministradoras

Actualizado 09/09/2026 08:10

El Ayuntamiento de Langa de Duero aprueba definitivamente la ordenanza fiscal que regula la tasa por el uso del dominio público local para empresas de suministros. La normativa entra en vigor de forma inmediata al no presentarse reclamaciones.

El Ayuntamiento de Langa de Duero ha aprobado de forma definitiva la ordenanza fiscal que regula la tasa por el uso privativo o el aprovechamiento especial del dominio público local por parte de las empresas de suministros. La nueva normativa, publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), entra en vigor de forma inmediata al no haberse presentado ninguna reclamación durante el periodo de exposición al público.

La medida afecta directamente a las compañías explotadoras que operan en los sectores de la electricidad, el agua, el gas y los hidrocarburos. El acuerdo definitivo cuenta con la firma del alcalde de la localidad, Iván Andrés Aparicio, y se fundamenta en un informe técnico-económico redactado el 27 de abril de 2026, el cual determina el valor de mercado de las instalaciones y establece las bases de la imposición.

La ordenanza grava la utilización del suelo, subsuelo y vuelo de los bienes de uso público local. La normativa municipal distingue entre dos tipos de uso según la intensidad y el impacto en el espacio público:

  • Utilización privativa: Aquellas instalaciones que impiden el uso común de los bienes por parte de terceros. Entre ellas se incluyen tuberías, galerías para conducciones, postes para líneas, cables, palomillas, cajas de amarre, transformadores o básculas.
  • Aprovechamiento especial: Instalaciones que no impiden el uso común de los bienes, caracterizadas por una menor intensidad de ocupación, como es el caso del tendido eléctrico de vuelo.

Tarifas y tipos impositivos

La cuota tributaria que deberán abonar las empresas se calcula multiplicando la base imponible por el tipo impositivo correspondiente, definidos de la siguiente manera:

  • Para la utilización privativa: La base imponible se calcula sumando el valor del terreno (según el MBR del municipio) y el valor de las instalaciones, tomando como referencia los importes de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Sobre esta base se aplica un tipo impositivo del 5%.
  • Para el aprovechamiento especial: La base imponible toma como referencia la utilidad que reporte dicho aprovechamiento. En este caso, el tipo impositivo aplicable es del 100% sobre la base.

El periodo impositivo coincide con el año natural. Para las instalaciones y aprovechamientos que ya se encuentren en actividad, el pago de la tasa deberá realizarse de forma obligatoria durante el primer trimestre de cada año.

En el caso de nuevas autorizaciones, la obligación de pago nace en el momento de solicitar la correspondiente licencia municipal, debiendo presentar la autoliquidación. El Ayuntamiento de Langa de Duero ofrece una bonificación del 5% en la cuota tributaria para aquellos sujetos pasivos que soliciten la domiciliación bancaria de la tasa, cuyo cargo se efectuará en la última quincena del periodo de pago voluntario.

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