El calendario aprobado para la media veda en Soria, según la Resolución de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se fijan los días hábiles de caza para la media veda en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, oídos los consejos territoriales de Caza y el Consejo de Caza de Castilla y León, es el siguiente: los días 15, 16, 18, 20, 21, 23, 25, 27, 28 y 30 de agosto y 1, 3, 4, 6, 8, 10, 11, 15, 17 y 18 de septiembre, es decir, un total de 20 días.
Este período es válido para todas las especies cazables en la media veda, si bien, para la tórtola común y la paloma torcaz se retrasa el comienzo de la época hábil al día 21 de agosto. El número máximo de piezas a cobrar por cazador y día se fija para la codorniz en 30 y para la tórtola común en 8.
Los días fijados como hábiles para la práctica de la caza de las especies incluidas en la media veda deben entenderse como máximos, por lo que el titular o los titulares de los cotos podrán, a la vista de la evolución de las distintas especies, reducir el número de días, establecer cupos o fijar el horario en el que ha de practicarse esta. En los cotos de caza con terrenos en provincias diferentes, los días hábiles de caza para la media veda serán los correspondientes a la provincia donde estén matriculados.
La campaña se presenta muy irregular, según diferentes colectivos y sociedades de cazadores de la provincia, ya que la llegada de la codorniz desde el sur se ha retrasado, por las lluvias caídas en primavera en Andalucía y porque se ha cosechado más tarde.
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