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Más de 2.700 autónomos sorianos perciben este viernes la prestación extraordinaria por la crisis

Más de 2.700 autónomos sorianos perciben este viernes la prestación extraordinaria por la crisis

Actualizado 28/05/2020 18:21

En total, las solicitudes para recibir estas ayudas en la provincia han sido un total de 2.816.

Más de 1,4 millones de autónomos de todo el país cobrarán mañana la prestación extraordinaria para autónomos impulsada para hacer frente a la crisis provocada por la COVID-19, de los cuales 72.100 pertenecen a la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Concretamente en la provincia de Soria, suman 2.714. Son datos que ha avanzado este jueves la Subdelegación del Gobierno, donde señalan que el total de solicitudes ha sido 2.816.

Para acceder a esta prestación, el trabajador por cuenta propia debe estar inscrito en el régimen de la Seguridad Social correspondiente. El requisito es verse afectado por el cierre del negocio debido a la declaración del estado de alarma o haber sufrido una merma del 75% en la facturación del mes natural anterior a la fecha de la solicitud. En general, se tomará de referencia la media mensual del semestre anterior, salvo en algunos colectivos, como el régimen agrario, del mar –con actividades muy estacionales- o de la cultura y el espectáculo, en los que el periodo de cálculo se adapta a sus peculiaridades.

Para acreditar la pérdida de ingresos, el solicitante debe aportar la información contable que lo justifique. Para ello podrá presentar desde la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, el libro diario de ingresos y gastos, el libro registro de ventas e ingresos, hasta el libro de compras y gastos. Si no está obligado a llevar esa documentación de contabilidad, valdrá cualquier medio de prueba admitido en derecho, como el taxímetro en el caso de los taxistas.

Para solicitar esta prestación, un trámite que se debe realizar a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, no se requiere periodo mínimo de cotización. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

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