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Condenado a un año de prisión por romperle la nariz y dos dientes a un jubilado en la estación de autobuses

Condenado a un año de prisión por romperle la nariz y dos dientes a un jubilado en la estación de autobuses

Actualizado 22/09/2020 17:22

El TJS confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria por unos hechos que se remontan a julio de 2017.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria por la que se condenaba a un hombre a un año de prisión por un delito de lesiones a un jubilado al que rompió nariz y dos dientes en los aseos de la estación de autobuses de la capital soriana.

El Tribunal, con sede en Burgos, da por probados los hechos, que se produjeron el 4 de julio de 2017 cuando, según la sentencia el acusado, mayor de edad en el momento de los hechos, sobre las 13:00 horas de esa jornada, se hallaba en la zona de la puerta de entrada a los lavabos públicos de la estación de autobuses de la ciudad, y cuando la víctima pretendía acceder a los mismos, "procedió a golpearle en la cara y en la zona torácica superior, acudiendo al lugar agentes de la Policía Nacional".

El hombre agredido, de 71 años de edad, "sufrió fractura de huesos propios nasales y fractura de pared anterior de seno maxilar izquierdo, además de contusiones en espalda, parte superior del lado izquierdo, que han precisado exploración clínica, analítica y radiológica, con alta hospitalaria el mismo día, posteriormente ha necesitado tratamiento rehabilitador en el centro de salud y posteriormente en el Complejo Hospitalario de Soria".

439 días en curar

También precisó el lesionado tratamiento por médico estomatólogo "tardando 439 días en curar (432 de perjuicio básico y 7 de perjuicio moderado), quedándole una limitación en el hombro derecho de carácter funcional, con dolor en los últimos grados de movilidad (4 puntos) y un perjuicio estético ligero motivado por la pérdida de dos piezas dentales".

En la sentencia queda igualmente patente que el agredido falleció el 10 de febrero de 2019, "por circunstancias que no tienen nada que ver con los hechos objeto de este proceso".

"De resultas de las lesiones fue asistido en el Complejo Asistencial de Soria, en Urgencias, en fecha de 4 de julio de 2017, siéndole realizado TC de cerebro, de órbita y facial, en ese mismo día, generando unos gastos de 664,89 euros. Siendo asistido, igualmente, en dependencias pertenecientes a la Gerencia Regional de Salud, para tratamiento de lesión de hombro derecho, sin que conste en autos la cuantificación de los gastos generados por dichos tratamientos".

La parte acusada, una vez dictada sentencia por la Audiencia Provincial, presentó recurso aduciendo presunción de inocencia en los hechos, algo que ha desestimado el TSJCyL al considerar como válido el relato de los mismos por parte del afectado así como por testigos, agentes del CNP y del médico forense.

El fallo ahora confirmado también incluye que el condenado deberá abonar a la Gerencia Regional de Salud la cantidad de 664,80 euros por la asistencia dispensada el 4 de julio de 2017 más los gastos generados por la por asistencia sanitaria relativos al tratamiento y rehabilitación de la lesión sufrida en el hombro por parte del agredido. Igualmente, la condena tambén contempla inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y costas.

La sentencia admite recurso de casación que podrá ser interpuesto para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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