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La Justicia rectifica a la Junta y permite las visitas a las residencias de ancianos

La Justicia rectifica a la Junta y permite las visitas a las residencias de ancianos

Actualizado 07/11/2020 23:40

El Tribunal Superior de Justicia señala que la medida supone, de facto, el confinamiento domiciliario de los ancianos.

No parece justificado que para limitar la circulación nocturna sea preciso el estado de alarma, pero no sea necesaria para limitar la libertad durante todo el día aunque solo afeccte a un determinado grupo de población. Con ese argumento la sala de lo contencioso administrativo del TSJ de astilla y León acuerda no ratificar la orden de la Junta que suspendía las visitas a centros residenciales de personas mayores.

La Junta quería limitar las visitas y prohibir la salida de los ancianos. La Justicia no ratifica ni lo uno ni lo otro. Por eso desde este sábado los ancianos pueden recibir visitas y pueden salir si quieren.

No es el primer revés que la Justicia da las limitaciones de derechos de la Junta, pues hace apenas una semana ya señalaban que el confinamiento domiciliario decretado por la Junta antes del estado de alarma fue ilegal (aunque solo afectó a un día, el viernes).

El TSJ en un debate que ya se ha producido en otras ocasiones y comunidades estas semanas señala que los derechos fundamentales solo pueden limitarse por los estados de alarma, excepción y sitio y no por una ley orgánica de salud público.

"Las personas mayores que viven en centros residenciales son ciudadanos como los demás con los mismos derechos y cuya especial vulnerabilidad frente a la enfermedad transmisible de que se trata merece la adopción de cuantas medidas de toda índole sean precisas para hacer efectiva su protección, no necesariamente mediante una restricción mayor que el resto de los ciudadanos de sus derechos fundamentales", señala el TSJ.

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