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Confirmada la pena de un año de cárcel por acosar a su pareja tras el divorcio

Confirmada la pena de un año de cárcel por acosar a su pareja tras el divorcio

Actualizado 19/11/2020 21:29

La Audiencia Provincial ve que el condenado causó "hostigamiento y seguimiento permanente" a su ex mujer con alteración de la forma de vida de esta, que tuvo que cambiar de domicilio y de número de teléfono, lo que le llevó a renunciar sus rutinas diarias, sumiéndole en un estado de intranquilidad.

La Audiencia Provincial de Soria ha ratificado la condena de un año de prisión a un hombre por un delito de acoso en el ámbito de la violencia contra la mujer. De este modo la sala confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº1 dictada el 15 de julio.

En el fallo se considera probado que el condenado, que puede recurrir al Tribunal Supremo esta ratificación, era consciente de que su ex pareja había determinado no mantener ninguna relación con él, y no aceptando esta decisión de ruptura llegó a enviarle a esta "numerosos mensajes de WhatsApp, hasta en doscientas ocasiones aproximadamente [...] con numerosas recriminaciones" tras el divorcio.

De igual modo se da por probado que ella bloqueó este sistema de mensajería instantánea telefónica y también hizo lo mismo con el número de teléfono de su ex marido, si bien él continuó remitiéndole mensajes vía correo electrónico y otros canales, con fotografías de su boda, de la afectada así como de sus perros. "También le ha dejado tarjetas en el parabrisas del coche y el día de su cumpleaños le envió un regalo y un poema", reza la sentencia.

Por otro lado, la Audiencia se ratifica en hechos como que el condenado se intridujo en el domicilio de ella "aprovechando que tenía llaves de la vivienda común adjudicada a su ex esposa, incluso a horas intempestivas de la noche". Toda esta situación de "hostigamiento y seguimiento permanente" provocó a la ex esposa "una alteración de su forma de vida, llegando a cambiarse de domicilio y de número de teléfono, y renunciando sus rutinas diarias, sumiéndole en un estado

de intranquilidad".

Las pruebas aportadas han llevado a confirmar la sentencia ya que resultan incriminantes para el acusado, que podrá presentar recurso de apelación ante el Supremo en un plazo de cinco días. Las costas del proceso han sido declaradas de oficio.

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