Evitar aglomeraciones en espacios públicos, los mercados al aire libre o los alojamientos de turismo rural son algunas de las consideraciones aprobadas hoy por el gobierno regional.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha acordado hoy una serie de medidas preventivas y recomendaciones específicas a aplicar durante el período navideño, y por tanto con carácter temporal y excepcional, ante la evolución de los indicadores y con el objetivo de hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Se trata de limitaciones concretas para evitar aglomeraciones en espacios públicos, como el festejo de las doce campanadas, la celebración de espectáculos y actividades, las cabalgatas de reyes, las exposiciones de belenes y belenes vivientes, los mercados al aire libre o los alojamientos de turismo rural.
Así mismo se contemplan una serie de recomendaciones destinadas con carácter general a extremar la diligencia en las medidas de prevención y a limitar la interacción social. Todo ello, sin perjuicio del mantenimiento de las medidas previstas en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, así como de aquellas acordadas por el presidente de la Junta de Castilla y León en su condición de autoridad sanitaria delegada del Gobierno de la Nación para la Comunidad de Castilla y León, por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
El acuerdo producirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta las 23:59 horas del día 6 de enero de 2021.
Medidas
En cuanto a las medidas específicas preventivas a aplicar durante el período navideño, son las siguientes:
a) sólo podrá hacerse en recintos acotados, estableciendo por diferentes lugares la entrada y salida del público y en el caso de cabalgatas y similares deberán realizarse de forma estática.
b) el público asistente deberá permanecer sentado y no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla de todo el público asistente.
c) se prohíbe el consumo de alimentos y bebidas, así como cualquier otra actividad que ocasione no usar la mascarilla por parte del público durante estos eventos, así como en su acceso o salida.
Recomendaciones
En cuanto a las recomendaciones acordadas por el Gobierno regional, son las siguientes:
Siempre que sea posible, se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y garantizando el cumplimiento de la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.
Se recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales.
En todo tipo de celebraciones, tanto religiosas como civiles, se recomienda evitar los cantos, sustituyéndolo por el uso de música pregrabada y se evitarán las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.
La Junta de Castilla y León recuerda que los ciudadanos deberán colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas establecidas en el presente Acuerdo. En todo caso, los incumplimientos individualizados podrán constituir infracción administrativa de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-Ley 7/2020, de 23 de julio, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.
El seguimiento y control de las medidas adoptadas se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL), y la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las medidas recogidas en este Acuerdo corresponderá a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previsto en la norma aplicable.
Así mismo, se recabará la cooperación y colaboración de la Delegación del Gobierno y de los Ayuntamientos para el control y aplicación de las medidas adoptadas a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de la policía local. Las fuerzas y cuerpos de seguridad darán traslado de las denuncias que formulen por el incumplimiento de las medidas de prevención a las autoridades competentes.
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