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Condenados a año y medio de cárcel por traficar con marihuana y cocaína

Condenados a año y medio de cárcel por traficar con marihuana y cocaína

Actualizado 19/05/2021 12:31

Los hechos sucedieron en 2019 cuando los acusados realizaban la venta de drogas en un domicilio de la calle Aguirre. Al no tener antecedentes penales ninguno de ellos el tribunal ha suspendido la ejecución de la pena de prisión.

La Audiencia Provincial de Soria ha hecho pública esta mañana la sentencia del juicio contra un hombre y una mujer sin antecedentes que traficaban con marihuana y cocaína en 2019. Ambos han sido juzgados por un presunto delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud.

Según la sentencia, un equipo de delincuencia organizada y antidroga perteneciente a la Comandancia de la Guardia Civil de Soria comenzó a vigilar un domicilio situado en la calle Aguirre durante el verano de 2019. Los acusados realizaban en él la venta de sustancias estupefacientes, recibiendo a numerosos compradores de cocaína y marihuana.

El 12 de diciembre de 2019 se realizó el registro de la casa en la que convivían los sospechosos con una autorización judicial. En ella se encontraron 20,19 gramos de marihuana y casi 3 gramos de cocaína. Además, apareció efectivo de la venta de estupefacientes que ascendía a 1710 euros y una libreta con ingresos de alrededor de 9.000 euros.

Seguidamente también se registró una cochera cerrada en la calle Ronda Eloy Sanz Villa. En ella se encontró un Seat León con una caja fuerte en su maletero que contenía 17.520 euros divididos en 162 billetes de 50, 339 de 20 y 264 de 10. En el garaje también aparecieron 417 gramos de cocaína.

El valor total de toda la droga incauta ascendía en el segundo semestre de 2019 a 2453, 66 euros.

El tribunal ha fallado que debe condenar y condena, como autores responsables de un delito contra la salud pública a la pena de un año y seis meses de prisión, a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena (artículo 56.1.2 del CP), y a una multa de 2.453,66 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de cinco meses de prisión (módulo de conversión de 1 mes de responsabilidad personal subsidiaria por cada 500 euros impagados), a cada uno de ellos.

La sentencia finalmente señala la suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta a ambos condenados, por un tiempo de dos, quedando condicionados ambos a que, durante este periodo de tiempo, cumplan con la obligación de no cometer delito alguno, y de poner en conocimiento de esta Sala, los distintos cambios de domicilio que tuvieran lugar en un futuro.

Adjuntamos la sentencia:

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