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El Burgo sube hasta los 500 euros por nacimiento

El Burgo sube hasta los 500 euros por nacimiento

El Ayuntamiento consigna una partida de 12.000 euros que podría verse incrementada en el caso de producirse más solicitudes.

Este lunes 24, el Ayuntamiento de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma aprueba en su Junta de Gobierno Local, una nueva convocatoria de ayudas a la natalidad. La cuantía para este 2022 subirá hasta los 500 euros por nacimiento, 200 más de los que estaban establecidos hasta la fecha.

El objetivo es apoyar a las familias en mitad de la "alarmante tendencia" de descenso de la tasa de natalidad que sufren los países desarrollados y muy especialmente España, según explican en el Consistorio que preside Antonio Pardo, donde por otro lado consideran que "los nacimientos, y más si son escasos, son un valor en sí mismo y que la familia es el pilar en el que se asienta la sociedad". Por ello ha sido decidido mantener y ampliar esta medida para la reactivación de la natalidad, que encuentra su fundamento en que la misma "es un beneficio para todos".

En el pasado ejercicio, un total de 22 familias se beneficiaron de estas ayudas. Para la consignación de 2022 se han reservado 12.000 euros del presupuesto pero, si hay más pteticionarias que cumplen los requisitos será ampliada esta cantidad.

Pueden solicitar la subvención las madres y en su caso los padres que hayan tenido un hijo y los adoptantes de menores hasta los 6 años de edad durante en el año en curso. En el caso de fallecimiento de los padres, pasará a tener la condición de beneficiario la persona que asuma la patria potestad o tutela del recién nacido o adoptado.

Entre los requisitos para optar a esta convocatoria está que uno de los progenitores esté empadronado en el municipio durante los dos años anteriores al nacimiento o la adopción. El niño también debe estar empadronado en el municipio a partir de su nacimiento o desde que se resuelva su adopción. Además, tanto el solicitante como el menor deben continuar empadronados en el municipio durante los tres años posteriores, salvo en los casos en los que concurran circunstancias laborales o familiares, debidamente justificadas y acreditadas, que impidan esa continuidad del empadronamiento. Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en las obligaciones tributarias con Hacienda, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento.

Las solicitudes deberán presentarse durante los tres meses siguientes al nacimiento o adopción. En el supuesto de nacimientos correspondientes al 2022, pero anteriores a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de las bases, el plazo de solicitud de la subvención será de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica de la página web https://burgodeosma.sedelectronica.es/info.0 ; o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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