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Castilla y León, única comunidad que regula si puedes ir o no al baño de un bar sin consumir

Castilla y León, única comunidad que regula si puedes ir o no al baño de un bar sin consumir

Actualizado 26/09/2023 11:05

¿Puedo usar los servicios de un establecimiento de hostelería si no soy cliente? Se trata de una duda que todos nos hemos planteado en algún momento y cuya respuesta va por comunidades autónomas.

Vas por la calle y te entra la necesidad de ir al baño. En ese momento de máxima tensión tu cabeza empieza a sopesar todas las opciones, desde alguna no muy cívica hasta la posibilidad de encontrar un edificio público como una biblioteca, un centro cívico o un hospital donde poder hacer tus necesidades. Pero, la mayoría de las veces, la opción más cercana y más rápida es un bar o un restaurante.

En ese momento otra duda asalta tu cabeza. ¿Te pueden decir algo, echar la bronca o incluso denunciar por entrar al baño de un establecimiento hostelero sin ser – al menos en ese momento- cliente? La respuesta a esta pregunta, más allá de la amabilidad del camarero o del dueño, es depende. Depende de la comunidad autónoma.

Y la realidad es que, aunque sea de su competencia, la mayoría de las comunidades autónomas no tienen regulado este aspecto. Es más, solo una comunidad lo hace, y esa es Castilla y León, tal y como reseña As en este artículo. ¿Puede ser un baño solo para clientes? Lo cierto es que es algo que rezan muchos carteles, pero… veámoslo.

Mear en un bar en Castilla y León

Castilla y León tiene un normativa de 2016 (el decreto de 21 de abril por el que se regulan los establecimientos de restauración de Castilla y León y que puede consultarse en el archivo adjunto de esta noticia). En sus 44 páginas, la consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, delimita muy bien dos asuntos que nos afectan en este caso, los aseos y los derechos de los clientes.

Los aseos en Castilla y León deberán ser independientes para mujeres y hombres, tener agua corriente, dispensador de jabón o un inodoro por cada 50 clientes y un lavabo por cada 100. Además, la normativa obliga a que “deberán estar en pleno estado de funcionamiento y de limpieza”, por lo que esos bares que ponen el cartel de averiado durante las noches o durante varios días durante las fiestas están cometiendo una infracción y podrías reclamarla.

Pero volvamos al punto inicial, ¿puedo orinar en los baños de Castilla y León sin estar obligado a realizar una consumición? El artículo 29, c, sobre las obligaciones de los clientes señala inequívocamente “No utilizar los aseos u otras instalaciones de los establecimientos de restauración por las personas que no sean clientes, salvo autorización del titular del establecimiento”.

Por lo tanto, sí, el bar o restaurante puede impedirte el uso del aseo si no eres cliente. Otro asunto importante es que, “en ningún caso se puede exigir al cliente el pago por el uso de los aseos del propio establecimiento, ni por el consumo de agua no envasada”.

Mear sin consumir en España

Para todo España que no sea Castilla y León, el asunto está abierto. En principio, los propietarios de establecimientos públicos deben permitir el acceso en condiciones de igualdad a todos los usuarios. Se trata de algo que, a primera vista, entra en conflicto con el tantas veces invocado derecho de admisión. Esto supone que el dueño del local solo podría llamar la atención o afear el gesto de no consumir al ‘urinante’ pero en ningún caso podría ser sancionado.

Con todo, en muchas comunidades autonómicas, dejando a un lado Castilla y León, los establecimientos están en teoría obligados a tener unas normas internas de acceso y permeancia donde deberían estar regulados estos aspectos sobre la entrada, la permanencia en el local o en las terrazas o el uso de los servicios de otras instalaciones, además de los horarios y otros datos que normalmente son más publicitados por los establecimientos.

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