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Confirman la condena a un recluso en Soria por agredir a otro preso rociándole con lejía y propinándole cortes en cara y cuerpo

Confirman la condena a un recluso en Soria por agredir a otro preso rociándole con lejía y propinándole cortes en cara y cuerpo

Actualizado 23/10/2023 09:59

El TSJCyL confirma la sentencia de la Audiencia de Soria que le condena a cuatro años de prisión y al pago den una indemnización de 24.300 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de cuatro años de prisión a un interno del Centro Penitenciario de Soria por un delito de lesiones que agredió a su compañero de celda. El tribunal confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que le condenó, además, a indemnizar al perjudicado con 24.300 euros por las lesiones y secuelas causadas.

Los hechos probados relatan que la mañana del 25 de agosto de 2019 el acusado atacó a su compañero de celda mientras se encontraba tumbado en su litera, arrojándole lejía a la cara y al cuerpo y seguidamente, propinándole varios cortes en rostro, cabeza, espalda y tórax con la tapa de una lata de conserva doblada a modo de pincho. A consecuencia de la agresión, el perjudicado sufrió múltiples heridas, irritación y leve queratitis en los ojos.

Los magistrados exponen su acuerdo con el razonamiento y la jurisprudencia invocada por la sala enjuiciadora, que, tras revisar no sólo la prueba pericial practicada, sino apreciar directa y personalmente las cicatrices en el acto del juicio, consideró que los múltiples cortes que sufrió la víctima en la cara, que le han dejado importantes cicatrices, justifican la aplicación del tipo de deformidad del artículo 150. “La sentencia llega a la conclusión condenatoria valorando correctamente la prueba directa practicada (testifical de la víctima y de varios funcionarios de prisiones que se personaron en el lugar de los hechos inmediatamente), como igualmente los datos objetivos que se desprenden de los informes médicos y de la prueba documental forense, que se convierte en prueba apta para enervar el derecho de presunción de inocencia, y ello a pesar de que el acusado niegue los hechos”, señala la Sala.

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