El Ayuntamiento actualiza los precios públicos para la celebración de matrimonios civiles y el uso de sus centros sociales. Las nuevas ordenanzas, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, establecen diferencias significativas entre empadronados y no empadronados. Además, se introduce como novedad una fianza de hasta 500 euros para el alquiler de los locales.
El Ayuntamiento de Golmayo ha aprobado de forma definitiva la modificación de dos de sus ordenanzas fiscales, estableciendo nuevas tarifas para la celebración de matrimonios civiles y para el alquiler de varios de sus locales municipales. Las nuevas cuotas, que ya están en vigor, presentan notables diferencias de precio en función de si el solicitante está o no empadronado en el municipio e introducen como novedad la exigencia de fianzas para garantizar el buen estado de las instalaciones.
Ambos acuerdos fueron adoptados en el pleno extraordinario celebrado el pasado 25 de junio y se han hecho públicos este lunes, 30 de junio, en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOP). Con esta publicación se abre un plazo de dos meses para que los interesados puedan interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La nueva ordenanza fiscal que regula la tasa por la celebración de matrimonios civiles por parte del alcalde o concejales fija dos tarifas claras. Las bodas que tengan lugar en mañanas de días laborables tendrán un coste de 90 euros, mientras que aquellas que se celebren en mañanas de sábados, domingos y festivos ascenderán a 100 euros. El Ayuntamiento ha especificado que el servicio no se prestará en horario de tarde.
La segunda modificación afecta a la tasa por la utilización de los locales del Centro Cívico de Las Camaretas y otros centros sociales propiedad del consistorio. Es importante destacar que esta tasa se aplica únicamente al uso para actividades con ánimo de lucro programadas por particulares o empresas. Quedan exentas, por tanto, las actividades de las asociaciones del municipio y cualquier otro uso sin fin lucrativo.
El uso de los locales está permitido hasta las 22:00 horas y se establece una diferencia de precio según si se utiliza o no la calefacción. Además, se especifica que para el local de Carbonera de Frentes, con un aforo máximo de 50 personas, el precio incluye el mobiliario (8 mesas y 50 sillas). Para ser considerado empadronado a efectos de esta tasa, se requiere una antigüedad mínima de seis meses en el padrón, salvo excepciones justificadas.
Para el local situado en la primera planta del edificio de las Piscinas Municipales, la tarifa se establece por horas, con el horario de apertura y cierre que tenga autorizado el establecimiento hostelero de la planta baja.
Una de las principales novedades de la ordenanza es la introducción de un sistema de fianzas para asegurar la correcta conservación y limpieza de los espacios. El Ayuntamiento solicitará, antes de autorizar el uso, una fianza de 500 euros para los locales de Carbonera de Frentes y Villabuena (200 euros para el resto) que responderá de posibles daños. Adicionalmente, se exigirá una segunda fianza para la limpieza: 200 euros para Carbonera y Villabuena y 100 euros para los demás. Ambas fianzas serán devueltas si el local y sus aledaños se entregan en perfectas condiciones.
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