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El Burgo de Osma aprueba la nueva tasa de basura: estas son todas las tarifas

El Burgo de Osma aprueba la nueva tasa de basura: estas son todas las tarifas

Actualizado 17/09/2025 09:31

El Ayuntamiento de El Burgo de Osma ha aprobado de forma definitiva la modificación de la ordenanza fiscal que regula la tasa de basuras. La nueva normativa, publicada oficialmente en el BOPSO, establece las tarifas actualizadas para viviendas, comercios, industrias y establecimientos turísticos, que ya han entrado en vigor.

El Ayuntamiento de El Burgo de Osma - Ciudad de Osma ha hecho oficial la modificación de la ordenanza fiscal que regula la tasa por el servicio de recogida de basuras. La aprobación definitiva, acordada en el pleno municipal del pasado 26 de agosto, ha sido publicada este miércoles, 17 de septiembre, en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOPSO), lo que supone su entrada en vigor.

Esta actualización de la normativa establece las nuevas cuotas que deberán abonar los vecinos y titulares de actividades económicas del municipio por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de residuos sólidos urbanos. La ordenanza detalla que la obligación de contribuir nace desde el momento en que el servicio se presta en la zona donde se ubica el inmueble, independientemente de su utilización por parte del usuario.

El texto publicado especifica que son sujetos pasivos de la tasa tanto las personas físicas o jurídicas que ocupen los inmuebles como, en calidad de sustitutos del contribuyente, los propietarios de dichas propiedades. A continuación, se detallan las tarifas más relevantes establecidas en la nueva regulación.

¿Cuáles son las nuevas tarifas de la tasa de basura?

Las cuotas se han fijado por categorías, diferenciando entre uso residencial, comercial, industrial y turístico. Según el documento oficial, las tarifas se devengarán trimestralmente y quedan establecidas de la siguiente manera:

  • Viviendas familiares, merenderos y afines: La cuota trimestral será de 22,23 euros, lo que supone un total de 88,92 euros anuales.
  • Pisos, viviendas y apartamentos de uso turístico: Se equiparan a las viviendas familiares, con una cuota anual de 88,92 euros.
  • Comercios en general y oficinas: La tarifa se fija en 40,014 euros al trimestre, alcanzando los 160,056 euros al año.
  • Comercio de alimentación: Para ultramarinos, fruterías, carnicerías o pescaderías, la cuota anual asciende a 475,53 euros.
  • Oficinas bancarias: Cada oficina abonará 800,28 euros anuales.
  • Bares, tabernas y discotecas: Las cuotas anuales varían entre los 470,71 euros para bares generales y los 599,08 euros para los de categoría especial.
  • Restaurantes: La tarifa se establece por plazas, desde los 642,57 euros anuales para locales de hasta 40 plazas, hasta los 889,72 euros para aquellos con más de 100 plazas.
  • Hoteles y hostales: Las cuotas varían significativamente según la categoría y el número de habitaciones, con tarifas anuales que pueden ir desde los 680 euros hasta superar los 1.621 euros.
  • Industrias: Se diferencian por superficie. Las de menos de 400 m² pagarán 444,33 euros anuales, mientras que las de superficie superior abonarán 686,11 euros.
  • Supermercados: Las tarifas anuales oscilan entre los 1.186,33 euros para los más pequeños y los 1.553,77 euros para los hipermercados.

Plazo para presentar recursos

Con la publicación de la ordenanza en el BOPSO, se abre el plazo para que los interesados puedan presentar alegaciones. Según se indica en el acuerdo, firmado por el alcalde Antonio Pardo Capilla, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo contra esta modificación.

El plazo para la presentación de dicho recurso es de dos meses, contados a partir del día siguiente a esta publicación, es decir, desde el 18 de septiembre. El recurso deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos.

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