La nueva normativa introduce importantes bonificaciones para fomentar la creación de empleo, la sostenibilidad, la accesibilidad y la rehabilitación de edificios en la capital.
El Ayuntamiento de Soria ha dado luz verde de manera definitiva a la modificación de la Ordenanza Fiscal número 21, que regula el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). La nueva normativa, que ya se encuentra en vigor, introduce un significativo paquete de bonificaciones fiscales con el objetivo de incentivar la actividad económica, la creación de empleo, la sostenibilidad y la mejora de la accesibilidad en la ciudad.
La aprobación se ha hecho efectiva tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOP) este viernes, 26 de septiembre. Según detalla el documento oficial, el acuerdo plenario provisional, adoptado el pasado 13 de febrero de 2025, ha sido elevado a definitivo al no haberse presentado ninguna reclamación durante el periodo de exposición pública.
Esta actualización de la fiscalidad municipal busca alinear el impuesto con los objetivos estratégicos de la ciudad, utilizando las rebajas fiscales como una herramienta para promover proyectos de especial interés social, empresarial y medioambiental. El tipo de gravamen general del impuesto se mantiene en el 3,90% sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra.
La modificación de la ordenanza establece un completo sistema de bonificaciones que pueden alcanzar hasta el 95% de la cuota del impuesto. Para beneficiarse de ellas, es imprescindible que el interesado las solicite expresamente antes de que se le notifique la liquidación. Las principales rebajas son las siguientes:
Según establece el artículo 8 de la ordenanza, todas las bonificaciones tienen carácter rogado, lo que significa que deben ser solicitadas de forma expresa por el sujeto pasivo. Es un requisito fundamental presentar la solicitud junto con la declaración responsable o la licencia de obras, y siempre antes de que se notifique la liquidación correspondiente del impuesto.
El solicitante deberá acompañar su petición con la documentación que justifique el cumplimiento de los requisitos para cada tipo de bonificación. La normativa es clara al señalar que no procederá la concesión de ningún beneficio fiscal si no se solicita en el plazo y forma establecidos, o si las obras se realizan sin la correspondiente licencia o comunicación previa.
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