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Guía completa para el 15 de marzo: de la validez del DNI digital al voto accesible en Braille

Guía completa para el 15 de marzo: de la validez del DNI digital al voto accesible en Braille

Actualizado 15/03/2026 08:11

El derecho al sufragio en las elecciones a las Cortes de Castilla y León requiere cumplir con protocolos estrictos de identificación y tiempos. Conozca qué documentos son válidos, qué sucede si llega al cierre de urnas y cómo se garantiza el voto para personas con discapacidad visual.

La jornada electoral arranca oficialmente a las 9:00 de la mañana cuando la Presidencia anuncia el inicio de la votación. Desde ese momento, el flujo de votantes es ininterrumpido hasta las 8:00 de la tarde. Sin embargo, el cierre no es necesariamente abrupto: si al dar las ocho todavía hay ciudadanos dentro del colegio electoral o en su acceso que no han votado, la Mesa tiene la obligación de permitirles ejercer su derecho antes de cerrar definitivamente.

Documentación aceptada: originales y tecnología Para votar, es imprescindible presentar documentos originales con fotografía; las fotocopias están prohibidas. Un detalle clave para esta jornada es la plena validez de los soportes digitales oficiales:

DNI: Se acepta el físico y la versión digital de la aplicación "MiDNI".

Pasaporte: Siempre que incluya fotografía.

Permiso de conducir: Es válida tanto la tarjeta física como la acreditación mediante la aplicación "miDGT".

Un dato importante para evitar confusiones: la Mesa aceptará estos documentos aunque estén caducados. No obstante, si el elector solicitó el voto por correo (marcado con una "C" en el censo), bajo ninguna circunstancia se le permitirá votar de forma presencial.

Garantías de accesibilidad El proceso contempla medidas específicas para la discapacidad visual. Aquellos que lo hayan solicitado previamente recibirán un maletín o carpeta rígida que incluye una guía en braille y sobres etiquetados tanto en tinta como en braille para identificar cada candidatura. Estas personas pueden incluso llevarse el material fuera del local y volver más tarde para votar, o solicitar la ayuda de una persona de su confianza para introducir el sobre en la urna. La ley subraya que el acto de votar es personal e intransferible, permitiendo la asistencia externa solo en casos de discapacidad física o analfabetismo que impidan la manipulación de la papeleta.

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