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Soria estrena nuevas tarifas para el servicio de taxi

Soria estrena nuevas tarifas para el servicio de taxi

Actualizado 30/03/2026 13:15

El Bocyl publica la entrada en vigor los nuevos precios, fijando la bajada de bandera diurna en 2,38 euros. La Junta rechaza adelantar el horario nocturno en festivos navideños.

La Comisión de Precios de Castilla y León ha dado luz verde a la revisión tarifaria del servicio de taxi en Soria. La medida cobra vigencia este mismo 30 de marzo. Según recoge la resolución de la Dirección General de Comercio y Consumo, el coste de la bajada de bandera para la tarifa ordinaria, aplicable todos los días del año entre las siete de la mañana y las once de la noche, queda fijado en 2,38 euros.

De este modo, la percepción mínima para los usuarios durante este tramo horario diurno se establece en 4,10 euros, cubriendo un trayecto de algo más de 1.400 metros. Asimismo, el documento oficial detalla que el kilómetro recorrido supondrá un desembolso de 1,21 euros, mientras que la hora de espera asciende a 21,50 euros para esta primera franja.

Por su parte, la tarifa nocturna y de días festivos experimenta también su correspondiente actualización. Este segundo tramo, que rige desde las once de la noche hasta las siete de la mañana, además de domingos, festivos y periodos de feria local, sitúa su bajada de bandera en 3,58 euros, elevando la percepción mínima a 5,10 euros por un recorrido que no llega al kilómetro de distancia.

En este horario especial, el coste por kilómetro recorrido se marca en 1,54 euros y la hora de espera alcanza los 29,50 euros. A estas cuantías habrá que sumar, en caso de ser necesario, un suplemento de 0,70 euros por cada bulto o maleta que transporte el viajero en el vehículo.

Decir que no ha sido aprobado el adelanto de una hora solicitado para la aplicación de esta segunda tarifa durante los sábados y los días de Nochebuena y Nochevieja. La administración justifica esta negativa al considerar que supondría una subida indirecta cuya repercusión no había sido debidamente justificada en el cálculo del incremento medio ponderado.

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