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Arancón fija en un 0,60% el tipo de gravamen urbano en su nueva ordenanza del IBI

Arancón fija en un 0,60% el tipo de gravamen urbano en su nueva ordenanza del IBI

Actualizado 13/05/2026 09:36

El Ayuntamiento de Arancón ha publicado la aprobación definitiva de su nueva ordenanza fiscal del IBI. La normativa, que entrará en vigor el 1 de enero de 2027, establece los nuevos tipos de gravamen para inmuebles urbanos y rústicos.

El Ayuntamiento de Arancón ha hecho pública la aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). La nueva normativa, que se aplicará a partir del 1 de enero de 2027, establece las bases y los tipos impositivos que regirán en todo el término municipal.

La ordenanza establece los porcentajes que se aplicarán sobre la base liquidable de los inmuebles para determinar la cuota íntegra del impuesto. Los tipos fijados por el consistorio son los siguientes:

  • Bienes inmuebles de naturaleza urbana: 0,60 %
  • Bienes inmuebles de naturaleza rústica: 0,65 %
  • Bienes inmuebles de características especiales: 1,30 %

Exenciones y bonificaciones previstas

En materia de beneficios fiscales, el Ayuntamiento de Arancón ha introducido una medida basada en criterios de eficiencia y economía en la gestión recaudatoria. Según detalla el texto oficial, quedarán exentos del pago aquellos bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana cuya cuota líquida sea inferior a 4 euros.

Para calcular este límite en el caso de los bienes rústicos, se tomará en consideración la cuota agrupada que resulte de reunir en un solo documento de cobro todas las cuotas relativas a un mismo sujeto pasivo dentro del municipio. Por otro lado, las bonificaciones de la cuota íntegra se limitarán exclusivamente a las establecidas por la ley estatal.

40 euros por recogida de basuras

Junto al IBI, los vecinos de Arancón pagarán 40 euros al año por la recogida de basuras. El municipio soriano ha actualizado también su normativa fiscal referente al servicio de gestión de residuos. La medida afecta por igual a los domicilios particulares y a los establecimientos comerciales de la localidad, que deberán abonar una cuota única al año.

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