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Velasco, Valdegrulla y Navapalos pierden oficialmente su condición de suelo urbano

Velasco, Valdegrulla y Navapalos pierden oficialmente su condición de suelo urbano

Actualizado 03/06/2026 11:46

La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo aprueba definitivamente la modificación número 20 del PGOU de El Burgo de Osma. La medida reclasifica como suelo rústico estos núcleos despoblados y protege las bodegas tradicionales de Osma.

La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Soria ha aprobado de forma definitiva la modificación puntual número 20 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de El Burgo de Osma. Este acuerdo, publicado este miércoles en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), regulariza la situación de varios núcleos que habían perdido su condición urbana debido a la despoblación y la obsolescencia de sus servicios.

La nueva normativa asume la realidad de las pedanías de Velasco, Valdegrulla y Navapalos, que pasan de ser consideradas suelo urbano consolidado a suelo rústico de asentamiento tradicional. En el caso de Velasco, la inviabilidad de su repoblación se ve agravada por el trazado de la autovía del Duero, la A-11, mientras que en Valdegrulla apenas se mantiene en pie un único inmueble en la calle Real. Por su parte, Navapalos carece de vecinos empadronados y presenta un evidente deterioro en sus infraestructuras básicas, lo que ha motivado también la protección cultural de su histórica atalaya.

Protección para las bodegas de Osma y el entorno de Uxama

Otro de los puntos clave de esta reforma urbanística afecta a las bodegas tradicionales de Osma. El documento definitivo incluye un catálogo que otorga protección ambiental de grado uno a un total de 61 espacios, garantizando la conservación de su estructura sobre rasante y prohibiendo nuevas edificaciones o excavaciones de cañones. Asimismo, los ámbitos situados al oeste de este núcleo contarán con una protección arqueológica especial debido a su colindancia con el yacimiento de Uxama.

Por otro lado, la modificación del artículo 192 del plan general clarifica las condiciones para las construcciones en suelo rústico con el fin de evitar dudas interpretativas. A partir de ahora, se limita a una sola edificación en parcelas de hasta 5.000 metros cuadrados, permitiéndose un máximo de dos en terrenos de hasta 20.000 metros cuadrados siempre que mantengan una separación mínima de 10 metros. Las casetas de aperos no podrán superar los 20 metros cuadrados de superficie, mientras que se prohíbe de forma expresa la instalación de remolques de camión o casetas de obra.

Resolución de alegaciones y correcciones técnicas

Durante el periodo de exposición pública se presentaron siete alegaciones por parte de particulares y colectivos como la Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza (ASDEN). Entre las reclamaciones estimadas de forma parcial, destaca la incorporación del uso residencial para la rehabilitación del núcleo histórico de Valdegrulla y la corrección de un error de diseño que fija en cinco metros el frente mínimo para las parcelas resultantes de nuevas segregaciones en los núcleos abandonados.

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